Una sentencia obliga a una madre separada y temerosa de la Covid-19 a llevar a su hijo a clase tras la petición del padre
El Juzgado de Familia de León desestima las alegaciones maternas para no llevar al pequeño al centro educativo por temor a la covid
Una sentencia emitida por el Juzgado de Primera instancia número 10 de León (Familia) obliga a una madre separada a llevar a su hijo a clase tras la petición del padre. La demanda planteada por el progenitor, y tramitada por RBH Global, obtiene el respaldo del Juzgado, que desestima las alegaciones maternas para no llevar al pequeño al centro educativo por temor a la covid.
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El auto, al que ha tenido acceso leonoticias, relata las «circunstancias concurrentes del menor, un niño de 5 años, sociable y sano (sin problemas médicos), que ha estado en contacto con sus primos este verano y se ha relacionado con familiares de Madrid y Barcelona, participando en cumpleaños y reuniones familiares«. El fallo añade que «el centro educativo es seguro, que no hay una duración estimada de la pandemia,y no se vislumbra en ese aspecto un horizonte temporal concreto«.
«Considero procedente entender, en coincidencia con lo señalado por el Ministerio Fiscal, que actúa en interés del menor, que la facultad de decisión ha de atribuirse al padre, el derecho a la educación es del menor, no del padre ni de la madre, un niño a esa edad más que aprender va al colegio a socializarse, y eso no puede hacerse con la madre y los abuelos maternos, los cuales, atendiendo a las circunstancias expuestas, no están exentos del riesgo de contagio de la enfermedad«, remarca el auto.
De ahí que se conceda amparo al padre del menor y se ordene que éste acuda a clase con normalidad y bajo los criterios sanitarios que se apliquen a los centros docentes.
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