Varias personas juegan a la petanca. Julián García

Claves para acceder a la jubilación anticipada

El efecto principal de retirarse del mercado laboral antes de tiempo es que la cuantía de la pensión se ve minorada

El Norte

Valladolid

Domingo, 24 de octubre 2021, 14:08

La jubilación anticipada se da cuando el trabajador se convierte en pensionista antes de alcanzar la edad establecida para su retiro. Desde el año 2013, los trabajadores que cumplan una serie de requisitos pueden jubilarse de forma anticipada antes de la edad legal, fijada en 65 años. Pero no hay que olvidar además que, aunque todavía estamos en un régimen transitorio, en 2027 la edad de jubilación legal aumentará a los 67 años. De hecho, gran parte de la población activa deberá esperar a ese momento para poder jubilarse. En este artículo repasaremos los principales aspectos y requisitos para retirarse del mercado laboral antes de tiempo.

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¿Qué es la jubilación anticipada?

Existen dos tipos de jubilación anticipada: la voluntaria y la involuntaria. La primera alternativa permite retirarnos sin haber alcanzado la edad estipulada para ello –que es de 65 años y que, como ya hemos señalado, será de 67 años en 2027–. Concretamente hasta dos años antes siempre que hayamos cotizado, al menos, 35 años y que la pensión resultante al aplicar los coeficientes reductores por adelantar de la jubilación supere la pensión mínima. Esta fórmula es válida para todos los afiliados a la Seguridad Social, incluidos los autónomos. Para 2021, la edad de jubilación anticipada voluntaria será a los 64 años.

Requisitos para jubilarse anticipadamente de forma voluntaria

-Un periodo mínimo de 35 años de cotización.

-Tener 2 años menos de la edad ordinaria de jubilación correspondiente. En 2021, la edad de jubilación anticipada voluntaria se fija en 63 años para quien tenga 37 años y tres meses cotizados o más años y en 63 años y 10 meses para quien tenga menos de 37 años cotizados.

-Se requiere estar en alta o situación asimilada al alta en la Seguridad Social. Se considera situación asimilada al alta, por ejemplo, la situación legal de desempleo, situación de maternidad o paternidad, la excedencia forzosa...

-De los 35 años de cotización, al menos 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores.

-El importe de la pensión no puede ser inferior a la pensión mínima que le correspondería al trabajador al cumplimiento de la edad ordinaria.

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La segunda opción es la jubilación involuntaria o forzosa, ya que está causada por una expulsión prematura del trabajador del mercado laboral. Las causas más comunes son el despido colectivo por causas económicas (ERE), la extinción del contrato por resolución judicial o una discapacidad. También se contempla la solicitud de esta modalidad de jubilación cuando la trabajadora es víctima de violencia de género y por ese motivo debe abandonar su puesto de trabajo. La diferencia respecto a la jubilación anticipada voluntaria está en que podremos optar hasta cuatro años antes a retirarnos.

Requisitos para jubilarse anticipadamente de forma involuntaria

-De los 33 años cotizados, al menos 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores.

-Tener cumplida una edad inferior en 4 años menos a la edad ordinaria de jubilación exigida que en cada caso resulte de aplicación. En 2021, la edad de jubilación anticipada forzosa se fija en 61 años para quien tenga 37 años y tres meses cotizados o más años y en 61 años y 10 meses para quien tenga menos de 37 años cotizados.

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-Encontrarse inscrito en las oficinas de empleo como demandante de empleo durante, al menos, 6 meses antes de la solicitud.

-Será preciso que el cese en el trabajo se haya producido por despido colectivo; despido objetivo; extinción del contrato por resolución judicial; muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual o extinción de la personalidad jurídica del contratante, y extinción del contrato por existencia de fuerza mayor constatada por la autoridad laboral competente.

Efectos de la jubilación anticipada

El efecto principal de la jubilación anticipada es que la cuantía de la pensión se ve minorada. Hay que tener en cuenta que a la hora de calcular la pensión de jubilación debemos calcular la base reguladora, que dependerá de la base de cotización. En este sentido también estamos en régimen transitorio, de modo que el cálculo de la base reguladora depende del año de jubilación.

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Sin embargo, en el caso de anticipar nuestra jubilación deberemos aplicar un coeficiente reductor. Este oscila entre el 1,625% y el 2% por trimestre de anticipación, dependiendo del tiempo que hayamos cotizado. Dicho de otro modo, si accedemos a la jubilación anticipada perderemos cerca del 8% de nuestra pensión por cada año de anticipo.

En el caso de la jubilación anticipada forzosa los coeficientes de reducción son menores, oscilando entre el 1,500% y el 1,875%. Sin embargo, esto no tiene por qué suponer una mayor pensión, ya que el coeficiente se aplica por cada trimestre de anticipación, y en este caso pueden concurrir hasta 16 trimestres (4 años).

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