Las dos situaciones que obligan a incluir las ventas por Wallapop en la Declaración de la Renta
Las plataformas de compraventa de artículos de segunda mano entre particulares deben avisar a Hacienda en ciertos supuestos con altos ingresos o ventas totales
La compraventa de artículos de segunda mano a través de aplicaciones como eBay, Vinted o Wallapop se ha vuelto cada vez más común. Sin embargo, con la entrada en vigor de la normativa europea DAC7 el pasado 1 de enero, estas transacciones ahora tienen implicaciones fiscales en determinados casos que los usuarios deben conocer.
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No obstante, no significa que se deba pagar impuestos ante la Agencia Tributaria cada vez que se realiza una compra, ya que solo se aplicará a los usuarios que generen ganancias específicas en estas plataformas. La regulación, de esta forma, gravará aquellas transacciones numerosas o que involucren sumas significativas de dinero.
Notificación a Hacienda por las plataformas
Para cumplir con la nueva normativa, plataformas como Vinted, eBay o Wallapop deben informar a Hacienda sobre las actividades de ciertos usuarios. Esto incluye casos donde uno de ellos realice más de 30 ventas en un año o supere los 2.000 euros en beneficios.
Implicaciones fiscales para los usuarios
Las ventas realizadas en plataformas de segunda mano como Milanuncios, Vinted o Wallapop solo estarán sujetas a tributación en dos situaciones específicas. La primera es cuando involucren objetos de colección, en cuyo caso se debe abonar un impuesto del 19% si las ventas no superan los 6.000 euros, y un impuesto variable si los beneficios oscilan entre 6.001 y 50.000 euros.
La segunda situación se da cuando los ingresos generados igualen o superen el salario mínimo interprofesional, lo que se considera una actividad económica que conlleva responsabilidades fiscales. En este caso, la persona deberá registrarse como autónomo y declarar el IVA correspondiente.
Es importante destacar que solo se gravarán las ganancias patrimoniales, es decir, la diferencia entre el precio de venta y el de compra original. Si la venta se realiza por debajo del precio de adquisición, no existirá ninguna obligación tributaria.