Operarios de una empresa eléctrica reparan una red de alta tensión. / C. C. Reuters
NUEVOS IMPUESTOS AUTONÓMICOS

Hacienda articula el procedimiento para que las eléctricas paguen la ecotasa desde este mes

El tributo que grava los saltos hidroeléctricos, los molinos de viento y la redes de alta tensión se tramitará obligatoriamente por Internet

S. ESCRIBANO

Viernes, 9 de marzo 2012, 11:53

La Consejería de Hacienda que dirige Pilar del Olmo acaba de dar el último paso para poder empezar a recaudar la ecotasa eléctrica desde este mismo mes. Hacienda, al igual que hizo a principios de semana con el impuesto que aplicará por el vertido de residuos en los vertederos, ha publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León cómo será el proceso para el cobro en una orden que recoge también el modelo de autoliquidación que tendrán que cumplimentar las empresas eléctricas. La Junta estima que ingresará anualmente alrededor de 60 millones de euros, cuyo empleo posterior estará ligado a proyectos de ahorro energético y de mejora ambiental.

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El tributo se tramitará «obligatoriamente» a través de Internet y gravará la «afección medioambiental causada por el aprovechamiento de agua embalsada, por los parques eólicos y por las instalaciones de transporte de energía de alta tensión». La Junta de Castilla y León decidió finalmente no incluir entre estos 'contribuyentes' ni la energía nuclear de Garoña ni los huertos solares ni las centrales térmicas. Estas últimas sí pagan por la ecotasa de vertidos y sobre las dos primeras había exigencias del Consejo Económico y Social de Castilla y León (CES) y de la oposición contra la exención del pago del impuesto que el PP, con mayoría en las Cortes, no compartió.

El modelo de autoliquidación del impuesto que Hacienda pone a disposición de las empresas eléctricas tiene en cuenta la capacidad del embalse, su altura y la potencia instalada en el caso de la presas; la potencia en el de los aerogeneradores y los kilómetros de tendido cableado de la redes de alta tensión.

La disposición de la Junta establece el 1 de enero de cada año como fecha a partir de la cual se debe liquidar el impuesto, plazo en este año se traslada a marzo. El pago se podrá fraccionar en cuotas trimestrales.

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