Empleados de Acor presentan una demanda de conflicto colectivo contra su traslado a Olmedo
Está firmada por 35 trabajadores, que alegan que los planteamientos aportados por la empresa son «discriminatorios»
Trabajadores de la Sociedad Cooperativa General Agropecuaria (Acor) han presentado demanda de conflicto colectivo contra la empresa ante la decisión de esta de trasladarles de Valladolid capital a instalaciones fabriles de la cooperativa en Olmedo con planteamientos que consideran «discriminatorios». La demanda, a la que tuvo acceso Europa Press, está firmada por un total de 35 trabajadores de las 'Oficinas Centrales' de la azucarera, en el Paseo de Isabel la Católica, y responde al acuerdo, por mayoría, alcanzado por el Comité de Empresa.
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La decisión de llevar a la empresa a la vía de lo social se produce después de que la representación legal de los trabajadores (RLT) recibiera el pasado 4 de enero una comunicación de Recursos Humanos en la que se informaba de la decisión del Consejo Rector de trasladar al personal, a partir del 1 de marzo, de la sede central a instalaciones fabriles que Acor posee en Olmedo.
La medida afectaba a todos los empleados de 'Oficinas Centrales' y la misma venía justificada ante la necesidad de dar cumplimiento al mandato del Consejo Rector, aprobado el 31 de agosto de 2020, al tiempo que se comunicaba que ello suponía una modificación sustancial de las condiciones de trabajo de los afectados, alegando días después razones de carácter organizativo, productivo y económico.
La memoria indica que la empresa persigue centralizar la actividad administrativa de la cooperativa en torno a los dos centros productivos que se encuentran en Olmedo, con el fin de dar un mejor soporte a las plantas de producción y una más eficiente y rápida toma de decisiones que mejoren la productividad y competitividad de la cooperativa. Asimismo, la entidad refiere que se va a conseguir «evitar duplicidad de recursos» y «un mejor rendimiento del tejido productivo mediante el aprovechamiento de las sinergias que se producirán, permitiendo el ajuste necesario para lograr el equilibrio ideal de la plantilla, distribuyendo de manera equitativa la carga de trabajo«.
Hora y media diaria de trayecto
El traslado, sin embargo, afecta de forma muy importante a la plantilla, toda vez que el centro de trabajo en Olmedo se encuentra aproximadamente, por carretera, a 50 kilómetros de distancia de las oficinas sitas en el Paseo Isabel La Católica, trayecto que, en caso de uso de vehículo particular, no baja de los de 45 minutos, lo que implica hora y media de viaje diario.
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La Asamblea de Trabajadores decidió finalmente no aceptar el acuerdo de la empresa y el 3 de febrero concluyó el periodo de consultas sin acuerdo, sin que se haya levantado acta de la reunión y, como así denuncian los afectados, con la remisión de hasta cinco modelos de cartas en base a «criterios discriminatorios», en función de que el empleado esté de acuerdo o no con el cambio de centro de trabajo.
Así, solo los trabajadores que han aceptado el cambio de centro de trabajo (28) disfrutan de la posibilidad de optar entre acudir a su nuevo centro de trabajo de Olmedo en autobús de la empresa o en vehículo propio percibiendo, en este último caso, un plus de transporte por kilometraje.
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«Estamos ante un tratamiento discriminatorio prohibido y ante una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva del artículo 24 de la CE, puesto que la empresa está condicionando el ejercicio de un derecho de opción que permite recibir una compensación por los gastos de transporte (impuestas unilateralmente por la empresa) a la previa renuncia del ejercicio de acciones legales«, denuncian los trabajadores, a quienes se mantiene la jornada laboral de 8 a 15 horas, grupo y categoría profesional y condiciones salariales.
Pero además, el día 8 de febrero, y adicionalmente al cambio de centro de trabajo, la empresa ha comunicado a los dos miembros del Comité de Empresa que han participado en las negociaciones una medida de movilidad funcional de conformidad con el artículo 39 del ET para la realización de funciones «a determinar», medida que los afectados tienen previsto impugnar por motivos de «discriminación y vulneración de la libertad sindical».
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El mismo día, la empresa ha despedido a cuatro trabajadores que tenían contrato indefinido, mediante un despido objetivo por causas económicas, organizativas y productivas, «incumpliendo el plazo de preaviso», con la salvedad de que los mismos--entre ellos figura uno que ha sido miembro de la Comisión Representativa durante el periodo de consultas--han sido sustituidos por otros a los que se ha contratado con esa finalidad.
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