Álvaro García Ortiz Ep

El Supremo rechaza apartar a los cuatro magistrados que deben decidir sobre la continuidad del fiscal general

El juez Eduardo Calvo niega por «extemporánea» la recusación por García Ortiz de los miembros de la Sala de lo Contencioso que resolverán sobre su futuro

R. C.

Miércoles, 29 de mayo 2024, 15:28

El recurso presentado por la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) contra la idoneidad del nombramiento de Álvaro García Ortiz como fiscal general del ... Estado seguirá su curso ante la Sala de lo Contencioso del Supremo con los magistrados que deben decidir sobre esa continuidad en su puesto. Así lo ha resuelto el magistrado del alto tribunal Eduardo Calvo al rechazar la recusación presentada por García Ortiz contra cuatro integrantes de la sala -su presidente, Pablo Lucas, Luis María Díez-Picazo, Antonio Jesús Fonseca-Herero y José Luis Requero- para tratar de apartarlos del procedimiento por supuesta contaminación. Según su argumento, porque fueron quienes anularon la designación de la anterior máxima responsable del Ministerio Público, la también exministra de Justicia Dolores Delgado, como fiscal de sala de la Fiscalía Togada del Supremo atribuyendo a García Ortiz "desviación de poder"; es decir, trato de favor a su antecesora, mentora y amiga.

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Eduardo Calvo descarta la recusación de sus cuatro colegas por «extemporánea, dado que, de acuerdo con su auto, el fiscal no puede argüir que actuó para intentar apartar a los cuatro magistrados cuando, ya personado en la causa como demandado, supo que eran ellos quienes se iban a encargar del recurso presentado por APIF. Para Calvo, resulta "del todo punto inimaginable" que García Ortiz no conociera la sentencia a la que alude y los nombres de aquellos que la firmaron. Eso es lo que convierte la recusación del jefe de la Fiscalía en improcedente y fuera de lugar en este momento del proceso a ojos de la resolución.

Lo que hace innecesario, zanja además Calvo, "examinar la endeblez y escasa consistencia de la causa de recusación que se propone", porque "baste señalar que, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 223.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, (...) la formulación de la recusación es extemporánea». Ese precepto legal establece que el paso de requerir que un juez se aleje de una causa ha de plantearse tan pronto como se tenga conocimiento de la misma, porque cualquier dilación comporta la no admisión a trámite, como ha ocurrido con la solicitud de García Ortiz.

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