Ni barbacoas ni cohetes: todo esto está prohibido hasta el martes por el riesgo de incendios en Castilla y León
La Junta amplía hasta el 12 de agosto la declaración de alerta por las altas temperaturas
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio ha prolongado hasta el 12 de agosto la alerta por el incremento de riesgo meteorológico de incendios forestales en Castilla y León. Esta medida impone la adopción de acciones organizativas «extraordinarias» en el operativo Infocal para afrontar este aumento del peligro de fuegos y, al mismo tiempo, establece una serie de prohibiciones que estarán en vigor hasta el martes en la comunidad (con muy escasas excepciones territoriales).
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¿Qué no se podrá hacer? Pues por ejemplo barbacoas. La resolución de la Junta prohíbe el uso de barbacoas situadas en espacios abiertos, incluyendo aquellas que estén autorizadas. También se suspenden las autorizaciones de uso de fuego, fuegos artificiales, cohetes «o artefactos de cualquier clase que contengan fuego». El listado de prohibiciones incluye además «encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello». Y también queda vedado «el uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 metros que lo circunda que, en su funcionamiento habitual, despida chispas o descargas eléctricas, como sopletes, soldadores y radiales».
Además, «en labores agrícolas, se debe suspender siempre la actividad cuando la temperatura sea superior a 30 grados y la velocidad del viento supere los 30 kilómetros por hora, y es obligatorio tener a mano los medios de extinción y el personal suficientes para controlar los posibles incendios que se puedan originar como consecuencia de la labor», recuerdan desde la Junta.
La administración regional explica que, «en lo que llevamos de época de peligro alto de incendios forestales, se ha producido un número inusual de incendios (más de 200), motivados por maquinaria que realizaba trabajos en el medio rural, fundamentalmente en labores agrícolas».
«Además de las prohibiciones anteriores (que son las previstas como mínimo para estos estados de alerta), esta frecuencia de incendios derivados de labores agrarias obliga a tomar medidas complementarias para estas actividades en las horas centrales del día, que es cuando estadísticamente se producen más siniestros, bien sea por el contacto de elementos metálicos con el suelo o por deflagraciones de las máquinas por un mal funcionamiento o mantenimiento o limpieza insuficientes», explican desde la Consejería. Así, entre las 14:00 y las 18:00 horas (de los días 9, 10, 11 y 12 de agosto) se prohíbe -como norma general- el uso de 'skidders', procesadoras y desbrozadoras en los montes, así como el uso de cosechadoras, segadoras y empacadoras en los terrenos agrícolas situados a menos de 400 metros de terreno forestal«.
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La Junta ha pedido a las autoridades locales y cuerpos de vigilancia extremar el control en el cumplimiento de esta medida. Se solicita también a la población que extreme su prudencia y adopte medidas de precaución en sus actividades al aire libre. «Cualquier mínima imprudencia puede dar lugar a una situación de riesgo de gran incendio forestal», concluyen desde la Junta, con el recordatorio de que, si se divisa un incendio, hay que avisar al 112.
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