La Audiencia de Valladolid tumba los recursos de nueve de los dieciséis acusados de la trama eólica
El auto confirma que los recurrentes, un excargo de la Junta, «socios locales», directivos de Iberdrola y un «testaferro», tendrán que ir a juicio
Ni los hechos que se les imputan han prescrito, ni tan solo se limitaron «a firmar» los acuerdos marco para repartirse la tarta de la ... energía eólica en Castilla y León entre 2000 y 2015 y tampoco, sostiene la Audiencia de Valladolid, los recurrentes fueron simples convidados de piedra en los cambios de manos de participaciones en empresas creadas 'ad hoc' que, según la Fiscalía Anticorrupción, fueron ficticias y encubrieron «dádivas» en torno a los 80 millones de euros por las autorizaciones de unos parques que, en muchos casos, ni se construyeron. Más bien, como ocurre con las empresas locales que el principal encausado en la trama, Rafael Delgado, introdujo en los listados de promotres definitivos, sostiene el tribunal, hay indicios claros de que estas recibieron «pingües beneficios».
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Así que la Sección Segunda, que ha resuelto los primeros nueve recursos planteados por investigados en la trama eólica contra el auto emitido el pasado 9 de marzo por el Juzgado de Instrucción 4 de Valladolid para que se les procese, ratifica esta resolución y se sentarán en el banquillo de la Audiencia de Valladolid en fecha por determinar. En total fueron 17 los encausados inicialmente por el juez, pero Anticorrupción ha pedido la apertura de juicio oral contra 16 por considerar prescritos los hechos contra Carlos Galdón Cabrera, administrador de Avanzalia Solar, una de las empresas investigadas en el procedimiento. Se les atribuyen delitos de prevaricación administrativa, blanqueo de capitales, contra la hacienda pública, cohecho y pertenencia a organización criminal. Anticorrupción pide penas para todos ellos que suman 138 años de cárcel y 835 millones de euros en multas.
Los Llorente «se aprovecharon» para ofrecer a Ibervento menos precio por sus parques, cuya autorización estaba paralizada
La Sala todavía tiene que resolver, entre otros, los recursos presentados por las defensas del principal procesado, el exviceconsejero de Economía, Rafael Delgado, y del empresario y exdirector de Excal, que se considera principal beneficiario de la trama, Alberto Esgueva, afincado en Polonia desde hace años.
Aqui se detallan algunos de «los indicios» valorados por la Sala Segunda para tumbar los recursos planteados hasta la fecha por estos empresarios locales, excargos de la Junta y directivos de Iberdrola, así como por uno de los supuestos 'testaferros' de las sociedades «pantalla» vinculadas a Delgado, el firmante de las «advocaciones» que dieron salida a las autorizaciones «dirigidas» de los parques.
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Empresarios
Los hermanos LLorente. Un beneficio de más de diez millones de euros
Patricio, Alejandro y Miguel Ángel Llorente Muñoz, constructores, entraron en el mercado eólico a través de la sociedad Inverduero. La Audiencia considera que hay «suficientes indicios racionales de criminalidad y de concierto con funcionario» para no sobreseer la causa contra ellos. De hecho, los Llorente no solo tenían «demasiados megavatios» asignados por la Junta, sino que le dijeron a Javier Mozo Herrera, el propietario de Ibervento –que avisó por carta en 2006 al entonces presidente de la Junta, Juan Vicente Herrera, del «abuso de poder» que estaban sufriendo los solicitantes de los parques–, que si permitía que ellos participaran en Ibervento, obtendrían autorizaciones de más megavatios.
Según declaró este testigo ante el juez instructor el 19 de julio de 2019, los Llorente «aprovecharon» que Ibervento tenía paralizada la tramitación de la autorización de sus parques eólicos por «una arbitraria decisión» de Rafael Delgado, «para hacer una oferta muy inferior en comparación con lo que les costó el acceso a otros parques eólicos y que ni siquiera cubría el coste que había realizado Ibervento». El papel de la empresa de los Llorente «se limitó a la aportación de su contacto, Rafael Delgado» y la única contraprestación de Inverduero era «la colaboración activa» en la tramitación adminsitrativa de los proyectos eólicos. «aportando su conocimiento y capacidad de gestión». Una aportación, indica el auto, «que no no resulta muy verosímil, ya que la otra parte que suscribía el acuerdo era Endesa».
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Los promotores que han testificado declararon que Ia Junta les señaló los «socios locales» con quienes contactar para desbloquear los permisos
Además está el «acuerdo marco» de 2005 entre Inverduero y Preneal. La tramitación de los parques que esta empresa promovía solo avanzó tras ese acuerdo de colaboración con la empresa de los Llorente, según declaró Miguel Álvarez Toledo, responsable de la empresa Ider, una de las acusaciones en el caso. Este promotor asegura que se le indicó desde la Junta de Castilla y León con qué «socios locales» debía contactar y así «conoció» a los hermanos Llorente. Otro promotor fustrado, Manuel Fernández del Campo, además, aportó un correo de febrero de 2005 en el que comunicaba a sus socios que Ricardo González Mantero, exdirector general de Energía y Minas de la Junta, «le había manifestado que como no quería que Collosa tuviera más kilovatios, los que tenía asignados en Ider se los iba a pasar a Iberdrola».
El tribunal considera que de ninguna manera han prescrito los hechos que se imputan a los hermanos empresarios. Refiere que, entre diciembre de 2008 y junio de 2009, Preneal traspasó a las cuentas de Inverduero Eólica más de 10,3 millones de euros por la venta de las acciones de la sociedad Eólica de la Sierra del Almuerzo SA, a quien se autorizó el parque Hiperion II, pagos que suponían zanjar el acuerdo marco de 2005 entre ambas. Entienden los magistrados que los hechos pueden también constituir un delito continuado de prevaricación.
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Sería el último acto «prevaricador» que Anticorrupción atribuye a Delgado y es la autorización de varios parques concedida el 15 de junio de 2007.
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Empresario
Francisco Esgueva. Más de 28 millones de euros en préstamos y pagos
El tribunal descarta excluir de la causa al empresario Francisco Esgueva porque el auto del juez apunta a «una actuación concertada con Rafael Delgado para lograr que le fuera transferida la participación en diversos parques eólicos mediante la imposición a sus originales promotores. Se señala que este empresario, a través de Industrias San Cayetano, recibió de Iberdrola Energías Renovables un «prestamo» de dos millones de euros «que encubría un anticipo del pago que podría constituir un delito de cohecho» por el que también está investigado su hermano Alberto. Ambos constituyeron, a través de San Cayetano Wind con Ibercyl (filial de Iberdrola), la sociedad Energía Global Castellana. En total, señala el auto, los Esgueva recibieron pagos entre 2007 y 2009 de más de 28 millones de euros. Se descarta la prescripción del delito porque Francisco, en 2008, en una segunda operación, firmó una adenda con Preneal que resolvía la opción de compra y ampliaba el plazo de referencia para obtener la aprobación de sus parques eólicos al 31 de diciembre de 2011. La Audiencia rechaza exonerarle y tendrá que ser el juzgador quien determine si aquel estaba fuera de los negocios eólicos que la defensa atribuye en su totalidad a su hermano Alberto desde 2006, «como en la empresa Cronos Global, en la que Francico nunca participó».
La defensa del propietario de Industrias San Cayetano desvincula a este de los negocios eólicos de su hermano Alberto Esgueva
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Exdirector de Deportes y exadministrador de Villardefrades Eólica
Andrés Martín de Paz. Una ganancia de 4,2 millones por parques sin construir
La Sala considera que hay indicios suficientes de la relación entre Andrés Martín de Paz y Rafael Delgado, no solo durante su estancia en la Consejería de Educación entre 1999 y 2003 sino cuando cincideron en la empresa pública ADE Internacional (Excal) entre 2004 y 2006, así como la relación de amistad reconocida con el representante de Iberdrola también investigado, Ricardo Bravo Sayas. Con él firmó los contratos «para amparar formalmente la transferencia de fondos desde dicha empresa eléctrica a favor de Andrés. Suscribieron un acuerdo para constituir la sociedad Villardefrades Eólica en 2004. No existe contrato de arrendamiento de las fincas propiedad del exdirector de Deportes donde se iban a levantar los molinos sino «un borrador adjunto al acuerdo que no parece sino un artificio para justificar el posterior traspaso de fondos». Martín de Paz había participado en la sociedad con 357.602 euros y recibió 4,2 millones «sin haber realizado actividad alguna, unas sumas que se determinaron en función de los megavatios asignados» a unos parques que no se construyeron. Asimismo, el auto desestima la alegación de la defensa sobre que su patrocinado «no es sino la parte débil de la operación, porque al final siempre estuvo en manos de Iberdrola».
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Directivos de Iberdrola
Pedro Barriuso y Rafale Icaza. El método para «favorecer» a terceros
Pedro Barriuso era el director de Renovables de Iberdrola y en razón de su cargo, indica la Audiencia, «tuvo en su mano no aprobar o impedir el cohecho» en relación a los acuerdos para «favorecer a terceros». Respecto de Rafael Icaza de la Sota, que argumenta su letrado que se limitó a «firmar» los acuerdos con San Cayetano, el auto indica que, por el contrario, su participación sirvió para «facilitar la decisión de Delgado de colocar la participación de los Esgueva en los parques que estuvieran más avanzados en la planificación y la obtención de una prima». El acuerdo entre San Cayetano e Ibercyl «era un artificio cuya finalidad era permitir que los Esgueva obtuvieran una importante suma de dinero sin realizar ninguna actividad a cambio».
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Empresario
Marc Nadelar. Uno de los dos «testaferros» en sociedades de Delgado
Recoge la Audiencia la tesis de la fiscal que Marc Nadelar tiene que explicar ante un tribunal su participación como administrador de sociedades vinculadas a Rafael Delgado y el trasvase de grandes sumas de dinero entre ellas «sin explicación mercantil ni jurídica».
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El embrión de los delitos está en los «acuerdos marco», apunta la Sala
El denominador común que propició la trama eólica es un «acuerdo marco» que sirvió de plantilla para incorporar a los «socios locales» a los proyectos de parques eólicos y favorecerlos con «primas» para, al poco tiempo, retirarse de los proyectos y dejar el timón a las grandes empresas del sector de la energía eléctrica. Así lo apunta la Audiencia en la desestimación del recurso del exdirector de renovables de Iberdrola, Pedro Barriuso, sobre la base de un documento aportado por Rafael Delgado «que corrobora el control que Iberdrola tuvo en el desarrollo de los hechos relativos al otorgamiento de autorizaciones administrativas para la instalación de los parque eólicos». Y la declaración del jefe de Energías Renovables del Ente Público Regional de la Energía en Castilla y León (EREN), Rafael Ayuste Cupido, quien testificó que en 2005 le dijeron que «el criterio de ventajas socioeconómicas iba a cambiar para dar entrada a socios locales y que ese cambio se iba a llevar a cabo a través de Iberdrola». Lo «verdaderamente relevante», concluye la Sala, «fue el momento en que se acordó favorecer a terceros».
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