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M. J. PASCUAL
Lunes, 29 de abril 2013, 16:36
El Tribunal Supremo ha condenado a Caja Duero (en la actualidad fusionada con Caja España en el Banco Ceiss) por incluir de forma indebida los datos de un cliente en los registros de morosos de Asnef-Equifax y Experian Bureau de Crédito, por una supuesta deuda de 229 euros. La sentencia, hecha pública por Ausbanc, señala que «la inclusión en los registros de morosos no puede ser utilizada por las grandes empresas para buscar obtener el cobro de las cantidades que estiman pertinentes, amparándose e el temor del descrédito personal y menoscabo de su prestigio profesional y a la denegación del acceso al sistema crediticio que supone aparecer en un fichero de morosos, evitando con tal práctica los gastos que conllevaría la iniciación del correspondiente procedimiento judicial muchas veces superior al importe de las deudas que se reclaman».
El fallo condena a la entidad financiera a indemnizar a la demandante, una clienta de Barcelona, con la cantidad de 9.000 euros en concepto de daño moral ocasionado a raíz de dicha cesión de datos. Además, insta a la entidad a hacer «lo necesario para eliminar los datos referentes a los demandantes en los registros de morosos Asnef-Equifax y Experian Bureau de Crédito, notificando la cancelación de los datos de los registros a todas las personas a quienes se hubiere comunicado o cedido los mismos».
Según informó el adjunto a la presidencia de Ausbanc, Ángel Garay, durante la rueda de prensa celebrada en Madrid, en el momento de la firma de un préstamo hipotecario, Caja Duero obligó a su cliente a firmar el seguro del hogar con la aseguradora del grupo y la correspondiente cuenta corriente. Al cabo del tiempo, durante el cual el pago del préstamo siempre fue debidamente atendido, las relaciones con la entidad se tuercen ya que la asociada es avalista de una póliza de crédito de la que es titular su hermano, también con Caja Duero, y tienen dificultades con el pago, y Caja Duero les ejecuta la póliza. Cuando ello sucede, la clienta decide subrogar su hipoteca en otra entidad.
Al cabo de unos meses, Caja Duero llamó a la clienta diciéndole que tiene un descubierto en cuenta de 229 euros, correspondiente al recibo del seguro del hogar. La clienta responde que esa deuda no le corresponde, ya que ya no tiene allí su hipoteca, y que ya ha contratado otro seguro del hogar con la otra entidad bancaria. Ante este situación, Caja Duero comunicó los datos de la clienta y su exmarido a los registros de morosos Asnef y Equifax por la deuda de 229 euros.
Requerimiento previo
Ausbanc recuerda que, para ser incluido en un registro de morosos, tiene que existir el requerimiento previo de una deuda efectiva, vencida y exigible ante la que cabe el derecho de oposición. La improcedencia de la inclusión de una persona en estos registros supone la vulneración de un derecho fundamental amparado por la Constitución y desarrollado en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) que da lugar a la reclamación de una indemnización.El Supremo subraya en su sentencia que «la inclusión errónea en un fichero de morosos constituye una intromisión ilegitima en el derecho al honor de la persona afectada en el caso de que tal mención no fuera debida».Para los servicios jurídicos de Ausbanc Barcelona, esta sentencia «supone un duro varapalo para la banca, ya que reprime con dureza las coacciones de las entidades financieras hacia sus clientes. El Supremo reacciona frente a los escraches de la banca que ejecutan a sus clientes a través de los registros de morosos».
La demandante, que comenzó con este pleito en 2009, perdió en primera y segunda instancia, pero ahora el Supremo estima su recurso.
Desde Caja Duero se indicó al respecto que se trata de un caso «aislado, muy excepcional» y que la sentencia no condena a la entidad a pagar las costas procesales.
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