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MUNICIPAL

Aprobado el reglamento para el Rastro de León: tiquets de venta, limpieza y nada de voces

Rechazadas las alegaciones a la totalidad del texto presentadas por las asociaciones de comerciantes Aclo y Aleco

ISABEL H. BADOSA

Martes, 25 de septiembre 2012, 21:47

El reglamento regulador del rastro dominical leonés ha quedado aprobado de forma definitiva este martes tras su votación en pleno a pesar del voto en contra de la bancada socialista que ha considerado que el equipo de gobierno municipal (PP) da la espalda al sector del comercio minorista ignorando sus alegaciones. Habían presentado alegaciones a la totalidad del reglamento la Asociación de Comerciantes León-Oeste (Aclo) y la Asociación Leonesa de Comercio (Aleco), ambas rechazadas, al igual que ocho de las nueve presentadas por la Federación Leonesa de Empresarios (Fele) para otros tantos artículos. Sin embargo, el reglamento ha salido adelante y su entrada en vigor, un día después de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), supondrá la derogación de las normas provisionales actuales que datan del año 1993.

Según este reglamento, se podrán vender en el rastro dominical de León, ubicado en el paseo de Papalaguinda, frutos secos, golosinas o encurtidos; productos de artesanía; artículos de textil, calzado y complementos; bisutería, quincalla, mercería, guarnicionería y similares; plantas y flores; música y películas en distintos formatos; artículos de ferretería; artículos de ornato de pequeño volumen, y antigüedades, artículos de segunda mano o coleccionismo.

Además, la nueva normativa obliga a los vendedores a exponer al público, en un lugar visible, los precios de venta de las mercancías, así como hacer entrega al comprador de factura, tíquet o recibo justificativo de la compra. Por otra parte, los vendedores deberán mantener la zona que ocupen y su entorno en perfectas condiciones de higiene y limpieza, y tendrán que retirar los residuos al finalizar la jornada de venta. Tampoco se podrán producir ruidos, proferir voces o gritos que interfieran en el normal desarrollo del mercado.

Esta normativa estipula además las infracciones y sanciones al incumplimiento de la misma y las clasifica en leves, graves y muy graves con sanciones económicas que van desde los 60 euros a los 3.000 euros.

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