Valladolid
Piden doce meses de cárcel para el novio de la mujer que se tiró por la ventanaViolencia de género ·
La Fiscalía le atribuye un delito de quebrantamiento de condena por ignorar la sentencia que le prohibía acercarse a su pareja, que le denunció por maltratoEl novio de la mujer de 31 años que saltó al vacío desde su piso del barrio de Delicias de Valladolid y falleció la noche ... del pasado 20 de septiembre se enfrenta a 12 meses de prisión por quebrantar una condena de alejamiento impuesta por el juez como autor de dos delitos de violencia de género. Esta es la pena que solicitará la fiscal durante la vista oral del juicio, que se ha fijado para el 16 de octubre.
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El 30 de marzo de 2022, el Juzgado de lo Penal 2 de Valladolid dictó una sentencia de conformidad que condenaba a Ch. A. G. L., de 28 años, por dos delitos de maltrato en el ámbito de la violencia de género. Se le impusieron penas, entre otras, que le prohibían aproximarse a menos de 500 metros a su pareja sentimental, Wanda Elizabeth Rodríguez Vargas, así como respecto de su domicilio y lugar de trabajo y de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante dos años, unas penas que comenzaron a cumplirse ese mismo 30 de marzo de 2022 y el cumplimiento de las mismas estaba fijado para el 9 de marzo de 2024.
Pese a ello, indica el fiscal, el acusado, «siendo conocedor del contenido y vigencia de dichas penas«, desde el verano de 2023 estuvo conviviendo con Wanda Elizabeth en el domicilio de la calle Algeciras. La tarde del 20 de septiembre, el joven acudió al bar donde se encontraba su pareja, »entablando conversación con ella y permaneciendo allí un breve periodo de tiempo«. Posteriormente, el acusado, Wanda y el hijo menor de ésta se marcharon juntos al domicilio de Delicias. Alrededor de las once de la noche de ese día, la mujer se lanzó por una ventana del piso y como consecuencia de ello, falleció.
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Fuentes del caso han puntualizado al respecto de este episodio ocurrido en el bar que fue la camarera, amiga de la fallecida, quien llamó por teléfono a Ch. A. G. L., que se había marchado del establecimiento tras abonar las consumiciones de Wanda y su hijo menor, para que regresara, ante el estado que presentaba la joven madre, que había bebido alcohol y llevaba un patinete, ante el temor de que a ella y a su hijo les ocurriera algo de camino a su casa. Fue en el intervalo entre el bar y la llegada al domicilio donde se produjo una discusión entre la pareja, de origen dominicano, que iba a ser la última que mantuvieran. Ya en el piso, ante el cariz que iba tomando la pelea entre ambos en presencia del menor, el hombre se marchó y el niño, de 10 años recién cumplidos, llamó a la amiga de la madre para que avisara a la policía, aunque cuando estos llegaron no apreciaron indicios de malos tratos y se marcharon. Poco después llegaron a la vivienda la madre, el hermano y un primo de la mujer, que estaba muy alterada. Esta, por sorpresa y sin que ellos tuvieran tiempo de impedirlo, se arrojó al vacío desde una ventana. Fue trasladada al Clínico por los servicios de emergencia, donde falleció. El hombre que era su pareja fue arrestado con posterioridad al comprobar la Policía Nacional que había quebrantado la condena por violencia de género pero al día siguiente fue puesto en libertad y está a la espera de juicio.
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El escrito de acusación de la Fiscalía refiere también que Ch. A. G. L. había sido ejecutoriamiente condenado, entre otras, por una sentencia del 3 de mayo de 2022 dictada por el Juzgado de lo Penal 3 de Valladolid por la comisión de un delito de quebrantamiento de condena o medida cautelar a la pena de ocho meses de prisión, una pena que le fue suspendida el 7 de octubre de 2022 por dos años.
La fiscal contempla el agravante de reincidencia, porque ya fue condenado por saltarse el alejamiento en una sentencia anterior
Por este motivo, la fiscalía le aplica el agravante de reincidencia y solicita que se le imponga una pena de prisión de doce meses y, en el caso de que se le condene por este nuevo quebrantamiento de condena y la sentencia sea firme, se revoque la suspensión de la anterior pena privativa de ocho meses de prisión, puesto que dicha suspensión se acordó bajo la condición de que el joven no volviera a delinquir.
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