Valladolid
El Ayuntamiento debió modificar el reglamento antes de crear el puesto de 'alcalde B'El TSJ estima el recurso de apelación interpuesto por el PSOE contra el cargo, que desempeña el exviceconsejero Indalecio Escudero desde hace un año
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Castilla y León (TSJCyL) ha resuelto que el Ayuntamiento de Valladolid debe modificar el Reglamento Orgánico del Consistorio antes de crear el puesto de director de Coordinación de Políticas Públicas, para el que fue designado en octubre de 2023 Indalecio Escudero, exviceconsejero de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano de la Consejería de Presidencia.
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Una sentencia que, por lo tanto, estima el recurso de apelación interpuesto por el Grupo Municipal Socialista, después de que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Valladolid lo desestimara. En concreto, aseguró que este órgano directivo no es «conforme a derecho» la creación del puesto de trabajo.
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El tribunal señaló que el artículo 113 del Reglamento Orgánico atribuye al alcalde la competencia para la creación de áreas de actuación pero precisó que la Dirección de Coordinación de Políticas Públicas no es una nueva área, al tener más competencias y su jefatura, más responsabilidades.
El apelante mantenía que el acuerdo impugnado era nulo ya que para modificar la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento con el objeto de incluir el puesto de trabajo de Director de Coordinación de Políticas Públicas eras necesario que el Pleno modificara previamente el Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Valladolid introduciendo en su organización un nuevo órgano directivo porque así lo exigen la Ley de Bases de Régimen Local. La sentencia de la Sala, con sede en Valladolid, se puede recurrir en el plazo de 15 días.
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