En libertad el detenido por burlar el confinamiento y escupir a un policía, pero le advierten de que si reincide volverá a la cárcel
La Sala considera que la medida de cárcel provisional puede resultar excesiva en este momento porque «no cabe hablar de habitualidad»
La Audiencia Provincial de Segovia ha dejado en libertad al hombre encarcelado tras ser detenido por quebrantar el confinamiento decretado con motivo del Covid-19 un día después de ser arrestado por el mismo motivo y por escupir a una agente en la cara en tres ocasiones.
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Los expertos
La Sala estima el recurso de su abogada y revoca la resolución acordada el pasado día 25 por el Juzgado de Instrucción 5, que acordó, a petición de la Fiscalía, la prisión provisional, comunicada y sin fianza del detenido. La Audiencia considera que, si bien existe riesgo de reiteración delictiva, no cabe hablar de habitualidad y no concurren los requisitos para la prisión provisional porque el delito de desobediencia grave, según el artículo 556 del Código Penal, está castigado con entre tres meses y un año de prisión o multa de seis a dieciocho meses.
«Ahora bien, al tiempo que consideramos que la medida de prisión provisional pueda resultar excesiva en este momento, también hemos de ratificar lo dicho en el fundamento primero, esto es el manifestado riesgo de reiteración en su conducta», señalan los magistrados en su resolución en la que explican que «si en este momento no podemos entender que concurra la habitualidad al hallarnos ante dos únicos hechos, de volver tras esta decisión a incurrir en la misma desobediencia, ya habría base para valorar la habitualidad como elementos cualificador del riesgo de reiteración, y por lo tanto habilitaría a adoptar en la nueva causa la prisión provisional, medida que esta Sala consideraría justificada en tal caso, pues se habría demostrado que el tiempo de la medida cautelar impuesta que ahora se revoca no ha bastado para evitar el riesgo de reiteración; advertencia de la que el investigado deberá ser expresamente apercibido».
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