Palencia
Niega haber pegado 43 carteles antimusulmanes usando las siglas de una inmobiliariaEl juicio contra el acusado, para quien la Fiscalía pide 3.600 euros de multa por un delito continuado de coacciones, queda visto para sentencia
El Juzgado de lo Penal de Palencia ha dejado este martes visto para sentencia el juicio contra un hombre, G. E. E., por un presunto ... delito continuado de coacciones y para quien el Ministerio Público pide una multa de 3.600 euros y la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la perjudicada durante 21 meses. La acusación particular solicita para el acusado, que durante el juicio ha negado los hechos, una pena de un año de prisión por un delito de acoso y una responsabilidad civil de 20.000 euros, petición a la que se ha adherido la Fiscalía.
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Los hechos juzgados se remontan a 2016, cuando, según el fiscal, el acusado, con el ánimo de menoscabar la tranquilidad y el honor de una mujer, C. G. M., viene llevando a cabo diversas conductas. Por un lado, la distribución y pegado de pasquines desde el 6 de enero hasta el 17 de febrero de 2020 con el logo y las siglas CAP, que corresponden a la inmobiliaria de la víctima y, aprovechando las citadas siglas, publicita 'Centro Antimusulmán Palentino', con textos contra los musulmanes. Por otro, tacha con spray negro todos los carteles de la empresa CAP, que pertenece al sector inmobiliario.
En relación con los carteles, se pegaron en la Calle Mayor, Barrio y Mier, Menéndez Pelayo, Lope de Vega, Becerro de Bengoa, Valentín Calderón, Los Soldados, Doctor Cajal, Balmes, Higinio Aparicio, Doña Urraca, Antonio Maura, Ramírez, Juan de Castilla y avenida Casado del Alisal, habiendo retirado la denunciante hasta 43 carteles.
El 10 y 11 de febrero, G. E. E. fue visto por C. G. M. pegando carteles y fue fotografiado tachando con el spray negro los carteles anunciadores de CAP. En relación a los daños con el spray, no solo afectan a los carteles de su inmobiliaria sino a fachadas y elementos comunitarios, por lo que le está provocando dificultades laborales a C. G. M. puesto que las comunidades de vecinos no quieren sus carteles de anuncio para evitar daños en sus fachadas.
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G. E. E. ya fue condenado por delitos cometidos en contra de C. G. M., tanto por daños (introdujo espuma de limpiar hornos en el depósito del coche de la mujer) como por un delito leve de coacciones (publicó un anuncio pornográfico con el teléfono de ella).
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