Condenado por colocar un pastor eléctrico en un camino y causar la caída de un ciclista en Palencia
El Juzgado de lo Penal impone al ganadero 1.440 euros de multa y 9.932 de indemnización por un delito de lesiones por imprudencia
El Juzgado de lo Penal de Palencia ha condenado a un hombre de 48 años, J. A. M. R., a una multa de 1.440 euros y a una indemnización de 9.932 euros por un delito de lesiones por imprudencia.
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Los hechos se remontan a una fecha anterior al mes de agosto de 2019, cuando según el escrito del fiscal, J. A. M. R., que se dedica a la ganadería, colocó en el camino público de Casajeros, próximo a la localidad de Cillamayor, un pastor eléctrico con la finalidad de delimitar las rastrojeras cuyo aprovechamiento le había permitido la junta vecinal. El pastor eléctrico atravesaba el camino y estaba constituido por una cinta conductora atada de una estaca a otra y con una altura de unos 90 centímetros, con tres trozos de plástico de color rojo y blanco a modo de señalización.
«El acusado, en vez de 'retranquearse' o enterrar el cable, actuó sin tener autorización para cortar un camino de uso público y colocó dicho pastor eléctrico, siendo plenamente consciente del paso habitual de ciclistas y vehículos por dicho lugar y llevando a cabo dicha acción sin guardar las mínimas precauciones y medidas de seguridad exigibles», agregaba el fiscal.
Fractura en el brazo
«El 2 de agosto de 2019, sobre las 12:45 horas, M. R. C. circulaba de manera correcta en bicicleta por el camino referido y al llegar al tramo de bajada cercano al cementerio se encontró de manera sorpresiva con el pastor eléctrico, provocando su caída y fracturándose el radio del brazo derecho, lesiones en el hombro y laceraciones en la rodilla», incidía el Ministerio Público.
El fallo considera que, si bien se trata de una imprudencia menos grave y no de carácter grave, el ganadero debió haber previsto el riesgo que podía ocasionar para los usuarios del camino la colocación de la cinta del pastor eléctrico.
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Los hechos ocurrieron en 2019 en el camino público de Casajeros, próximo a la localidad de Cillamayor
La defensa entiende que, si bien es cierto que cualquier obstáculo en un camino genera una situación de hipotético riesgo, también es cierto que los caminos son para uso agrícola y que, de no existir elementos que cierren los mismos, no se puede impedir el acceso del ganado a las carreteras, lo que puede originar males mayores entendiendo también que cuando los ciclistas o otros usuarios circulan por caminos destinados al uso agropecuario deben aumentar sus precauciones para evitar riesgos como algunos cierres de caminos o también la existencia de animales cuidando el ganado que pudieran perseguirles, animales salvajes o incluso abejas en colmenas.
«Es costumbre en toda la Montaña Palentina la delimitación de pastos y rastrojeras mediante este tipo de elementos de contención del ganado sin que haya una normativa municipal o autonómica al respecto más allá de la genérica, la colocación de elementos que perjudican el tránsito por las vías públicas, «pero este es un caso especial al ser un camino agrícola, y esto se hace toda la zona de montaña desde Galicia hasta Gerona», apostilla por su parte la defensa.
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