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Rótulos y cartelería de los comercios de la calle Mantería. / GABRIEL VILLAMIL
VALLADOLID

El 10% del comercio del centro deberá cambiar sus rótulos exteriores para adaptarse a la nueva ordenanza

El Ayuntamiento da dos años de plazo al sector con el objetivo de no agravar la crisis por la que atraviesa

J. A.

Jueves, 28 de febrero 2013, 21:44

El Ayuntamiento de Valladolid aprobará el próximo martes, en el transcurso del pleno municipal, la nueva ordenanza de publicidad exterior con la que se pretende mejorar los valores del paisaje urbano y, al mismo tiempo, proteger el patrimonio arquitectónico de la ciudad, según se recoge el preámbulo de la norma. El texto, cuya modificación ya se promovió en 2010, aunque finalmente se retiró tras las críticas que llegaron del sector, obligará al 10% de los comercios del centro urbano alrededor de 300 a cambiar sus reclamos de calle en fachadas, toldos o escaparates para adaptarse a la nueva normativa, según las estimaciones de la Asociación Vallisoletana de Comercio (Avadeco). Fecosva, por su parte, aporta otro dato: el coste para los negocios que no cumplan las nuevas prescripciones puede alcanzar los 4.000 euros en el desmontaje de la publicidad existente y la instalación de la nueva. El equipo de gobierno municipal da dos años de plazo para adecuarse a las nuevas obligaciones técnicas y estéticas.

La ordenanza detalla cómo y dónde tienen que colocarse los carteles, cuáles deben ser sus dimensiones, el porcentaje que pueden ocupar el mensaje de la tienda en cuestión, la altura de los toldos o qué parte puede ser luminosa. Aunque se deja libertad en los diseños, el objetivo es evitar estridencias y, especialmente, proteger los edificios emblema de la capital. En este sentido, por ejemplo, el Ayuntamiento no autorizará instalaciones que distorsionen el paisaje urbano ni la visión de los inmuebles catalogados. Tampoco aquellos que puedan producir molestias visuales, deslumbramientos o induzcan a confusión con señales de tráfico.

La norma divide la ciudad en cuatro zonas: casco histórico, suelo urbano con planeamiento desarrollado, suelo urbanizable sin planeamiento y áreas rústicas. En los dos primeros casos las exigencias técnicas son mayores con el objetivo de favorecer la estética, mientras que en los terrenos por desarrollar destacan cuestiones de seguridad, de manera que los anuncios no afecten al tráfico rodado o la seguridad vial o perjudiquen la visión del paisaje, entre otras cuestiones.

Las dos asociaciones del comercio, principales afectados por esta ordenanza, reciben el texto de forma distinta. Avadeco subrayó ayer que hubieran preferido «una ordenanza general de protección del paisaje urbano, que obligase también a las instituciones, incluido el propio Ayuntamiento, que permite y promueve numerosos soportes publicitarios en el casco histórico como los recogedores de pilas, mientras a los comerciantes se les aplica un régimen estricto». La organización, eso sí, valora positivamente que se de un plazo de 24 meses para adaptarse porque el sector «no está ahora para gastos».

Críticas de Fecosva

Por su parte, Fecosva resalta como aspectos positivos la regulación detallada de los mensajes publicitarios mediante estructura fija, con el fin de salvaguardar el paisaje urbano y evitar la saturación de estos elementos, así como la prohibición de los mensajes «incontrolados» mediante carteles en fachadas o mobiliario urbano o el reparto de octavillas, una competencia desleal, que será susceptible de sanción con esta ordenanza o también con la norma antivandálica. Para esta organización también es importante que se excluya de la obtención de licencia urbanística a los establecimientos de superficie igual o inferior a 300 metros cuadrados. Bastará con presentar comunicación previa relativa al cumplimiento de las prescripciones establecidas.

La federación que preside Javier Labarga apunta, no obstante, una importante batería de inconvenientes. A su juicio, la filosofía general de mejora de los valores del paisaje urbano o fomento de valores artísticos e históricos «viene a establecer unas condiciones estéticas y urbanísticas que puede dar lugar a la discrecionalidad por parte de la Administración municipal» al no detallarse de manera objetiva.

Respecto a las dimensiones establecidas para rótulos, banderolas y toldos en planta baja, la organización cree que «son muy escasas para conseguir una publicidad efectiva que permita diferenciar un negocio de otro». Tampoco están de acuerdo con la moratoria de dos años para adaptarse a la nueva norma. «En las alegaciones pedimos no tuviera carácter retroactivo, que no se aplique a la publicidad exterior ya instalada que consista en rótulos, banderolas y toldos de planta baja de los edificios de uso comercial», explican.

Asimismo, Fecosva considera que el régimen sancionador de la ordenanza, con multas por los incumplimientos que oscilan entre los 1.000 y los 300.000 euros dependiendo de la gravedad de la infracción, es «excesivo» para un sector cumplidor con las normas y que se encuentra en una situación económica más que complicada.

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