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Los juzgados de Primera Instancia número siete y ocho de Valladolid han declarado nulo el contrato de adquisición de acciones de Banco Popular al entender que existió engaño a los clientes en el folleto informativo con el que el Banco publicitó la ampliación de capital.
Ambos juzgados, según se informa desde la Unión de Consumidores de Castilla y León (UCE), llegan a la conclusión en sentencias a demandas interpuestas por asociados de la UCE, que se indujo a error a los clientes por la información «irreal» sobre la situación económica de la entidad y sobre la solvencia que se publicitaba en el folleto informativo de la oferta pública de adquisición de acciones.
Ambas resoluciones judiciales condenan a la Entidad a la devolución de la cantidad empleada en la adquisición de las acciones, incrementada con los intereses legales.
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