Secciones
Servicios
Destacamos
La asesoría jurídica del casi centenar de afectados de la agencia de valores Riverduero, con sede en Valladolid, ha presentado un escrito en el que anuncia el recurso ante el Tribunal Supremo, contra la sentencia del pasado 26 de octubre de la Sección Primera de la Audiencia Nacional en la que se eximía al Banco Caixa Geral S. A. como responsable subsidiario de la estafa que alcanzó los 24,6 millones de euros. La Fiscalía también ha decidido recurrir en este sentido.
La sentencia condenó a 6 años de prisión a Joaquín M.-C. C. como autor de un delito continuado de estafa, agravada por razón de la cuantía en concurso con un delito de falsedad en documento mercantil.
Aunque también el fallo le hacía responsable civil directo por el perjuicio causado a los afectados, y le imponía la indemnización de los 24,6 millones, el condenado no puede hacer frente a esa cantidad, y los recurrentes mantienen la responsabilidad del banco portugués donde Riverduero abrió una cuenta en el año 1992, en la que se realizaron los ingresos de clientes.
Según la sentencia, la agencia de inversiones captaba fondos con ofertas de intereses en depósitos que daban entre el 10% y el 14% anual, mediante la inversión en futuros sobre acciones del Ibex 35, garantizando, incluso, la rentabilidad en caso de saldo negativo. Para asegurar la inversión se ofrecía la opción de la compra de las acciones.
Aunque el fallo de la Audiencia Nacional asume que los dos principales gestores (uno de ellos, Luis B. P. ya fallecido antes de dictarse sentencia) entregaban el dinero en el banco portugués, los jueces dan por acreditado que Caixa Geral «no tenía constancia que Riverduero se estuviera dedicando a comprar o vender activos financieros».
Durante el juicio, el representante de Banca Caixa Geral, Francisco R. P., manifestó que el nivel de movimientos «era normal» para una entidad dedicada a la intermediación financiera, y «que el banco no entra en quienes son los clientes a los que se reintegraron 13,3 millones de euros» antes de que Riverduero fuera intervenida a inicios del año 2008.
Respecto a la responsabilidad civil subsidiaria, que ahora se recurre, la sentencia señalaba que «no existen datos acreditados de haber incurrido en alguna de las irregularidades que se establecen para el funcionamiento de las entidades bancarias, ni del mercado de valores».
La Audiencia Nacional eximió a Caixa Geral «porque hizo controles internos que no determinaron irregularidad alguna», y recuerda que era el Banco de España el encargado de garantizar los depósitos. De hecho la autoridad estatal no realizó una inspección de la entidad Riverduero hasta el 2010, es decir, doce años después de que comenzasen las quejas de los clientes.
"En base a lo anterior, tenemos que aun cuando la conducta de Banco Caixa Geral acusado genera dudas sobre la pulcritud de su actuación en orden al cuidado de los capitales que le son entregados para custodia o mediación, no existen datos en la causa que nos lleven a considerar la relevancia de tal negligencia en la comisión del daño", sostuvieron los tres jueces de la Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Favoritos de los suscriptores
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.