Al menos 22 contratos en Castilla y León no se ajustan a la modalidad de emergencias contra la COVID-19
Entraron dentro de esta clasificación obras y servicios que no tienen como objetivo la gestión del coronavirus como son la reparación de un patio de cocinas, televisión en abierto, la adquisición de un horno y la compra de pilas
Álvaro Bravo
Valladolid
Lunes, 7 de noviembre 2022
La inédita situación de la declaración del Estado de Alarma el 14 de marzo de 2020 por el avance de la crisis sanitaria permitió que las administraciones públicas pudiesen utilizar vías de contratación mucho más rápidas y flexibles que el procedimiento ordinario. Era imprescindible que el personal sanitario consiguiera cuanto antes trajes de protección, mascarillas, respiradores, tests de antígenos, máquinas de radiología, gel hidroalcohólico y vacunas. Fue en este contexto en el que el Estado y las instituciones locales y autonómicas empezaron a utilizar el procedimiento de emergencia, siempre asociado a la covid-19, hasta junio de 2022. De manera evidente, la pandemia entraba dentro de los tres supuestos que marca la ley para ejecutar contratos de emergencia: acontecimientos catastróficos, situaciones que supongan un grave peligro para la población y necesidades que afecten a la defensa nacional.
La Junta de Castilla y León adjudicó 2.595 contratos por la vía más rápida desde el 24 de febrero de 2020 hasta el 31 de mayo de 2022, según los datos obtenidos a partir del Portal de Transparencia. Todos ellos suman 295.188.134,51 millones de euros. En la siguiente gráfica se puede observar la tendencia de cómo la contratación de emergencia es mayor en el año 2020 y cae de manera brusca, según avanzan los años. Lógicamente porque después de una situación excepcional, la administración está más preparada para volver a los cauces de contratación habituales y tiene una mayor capacidad de adaptación a los nuevos tiempos.
Las diferencias son grandes entre un contrato de emergencia y un procedimiento ordinario, como puede ser el concurso abierto. Acorde a la actual normativa vigente, que es la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, los contratos abiertos tienen marcados una serie de fases y plazos. La primera es la fase de publicación del anuncio en el BOE o en los boletines autonómicos, seguida del envío de la documentación que especifica los requisitos necesarios para que las empresas presenten sus ofertas. Como norma general, quienes presenten sus ofertas a la administración disponen de menos de 35 días para hacerlo y pueden reducirse hasta un máximo de 15 días si se ha enviado información previa. Y es la mesa de contratación, formada por expertos, la encargada de revisar todas las ofertas, debatir y elegir la más adecuada. Finalmente, cuando la mesa de contratación ha tomado una decisión, se comunica al interesado, se formaliza el contrato y comienza su ejecución.
En el caso de los contratos de emergencia prima la necesidad de resolver cuanto antes el procedimiento administrativo, por lo que puede obviar la fase de oferta del contrato, la mesa de contratación o su formalización. El único requisito es que el contrato se ejecute en menos de un mes desde que se acordó la tramitación de emergencia. Antonio Calonge, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Valladolid, define los contratos de emergencia como «un quebrantamiento de los principios generales de la contratación pública: libertad de acceso a las licitaciones, a la libre concurrencia, a la publicidad, a la transparencia y a la libre competencia». Por ello es necesario que diferentes órganos fiscalizadores de la labor de la administración emitan informes sobre esta materia y comprueben prácticas de la contratación durante la pandemia.
El máximo órgano fiscalizador de las autonomías, el Tribunal de Cuentas, emitió un informe en junio sobre los contratos de emergencia aprobados por el Gobierno y también otro sobre algunas comunidades. Todo ello con el objetivo en un primer término de conseguir información, fiscalizar a la administración y, en última instancia, emitir recomendaciones cuando detectan problemas. Aunque no se apliquen sanciones directas, puesto que el tribunal solo puede sancionar a partidos políticos, no seguir una recomendación del tribunal puede provocar que un municipio no obtenga, por ejemplo, una subvención o una ayuda. Desde el Tribunal de Cuentas aseguran que «en todos los informes recientes de este organismo se recomienda, siempre que se pueda, utilizar procedimientos donde se presente más de una oferta». El Consejo de Cuentas de Castilla y León, órgano fiscalizador de la comunidad, prepara un informe que fiscaliza los contratos por la pandemia que prevé que verá la luz a principios del año que viene.
En cuanto a los organismos públicos que más contratos de emergencia han otorgado, a la cabeza se encuentra la Gerencia Regional de Salud SSCC, órgano dependiente de la Consejería de Sanidad, por 115.732.903 euros. El segundo lugar lo ocupa la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, con 76.802.635 euros, y en tercer puesto para la Gerencia de Atención Especializada (GAE) en hospitales de todas las provincias por 43.773.792 euros. Un ejemplo de contrato de emergencia que cumple con los requisitos del contexto de la pandemia es la realización de tests de antígenos masivos mediante unidades móviles en diferentes puntos de la comunidad para la detección del SARS-COV-2 el 31 de diciembre de 2021. Otro que cumple con los requisitos del contexto de la pandemia es el alquiler de una carpa para el triaje de pacientes sospechosos de COVID-19 en la zona de urgencias del Hospital Universitario Río Hortega el 15 de abril de 2021. El vínculo es directo con la enfermedad infecciosa, existe una necesidad de detectar los casos positivos para mantenerlos en aislamiento, es imprescindible que esto se haga en el menor tiempo posible y se presenta después una memoria justificativa. Un caso similar al de la gran mayoría de contratos que se han hecho con una motivación justificada.
Contratos de emergencia: la modalidad con menos garantías
“Los contratos de emergencia permiten obviar todo el procedimiento de contratación, es decir, llegado el caso puede ser de palabra” explica a El Norte de Castilla Antonio Calonge. No hay un concurso público donde compiten las empresas, tampoco existen en esta modalidad plazos para presentar las ofertas ni hay controles previos. En última instancia es un funcionario el encargado de asignar a quién se le otorga el contrato. El único requisito, entendido por esa condición de inmediatez, es que en un plazo inferior a un mes comience a ofrecerse el servicio, el suministro o la obra contratada.
Sin embargo, en esta extensa lista existen al menos 22 casos en los que el objeto del contrato plantea dudas de si se ajusta al cometido de paliar los efectos del coronavirus. El más reciente se remonta al 31 mayo de 2022, cuando la séptima ola de covid empezaba a decaer y el Gobierno había acordado que las mascarillas en interiores dejasen de ser obligatorias. Por la vía de emergencia, la Consejería de Educación de Castilla y León adjudicó a Gas Natural Comercializadora S.A (comercializadora de Naturgy) el suministro de gas natural en escuelas infantiles en toda la comunidad por un valor de 226.214,63 euros. Desde la Consejería de Educación entienden “que ha sido un error por parte del portal de transparencia por clasificarlo de emergencia por la pandemia, porque en el contrato no hay ninguna mención a la covid-19 y es perfectamente legal”. No obstante, tal como aparece en el documento, es un contrato clasificado de esta manera y del tipo negociado sin publicidad, como todos los que aparecen en la sección. El motivo principal que da Educación es que la empresa que suministraba el gas en enero decide dejar de hacerlo, frente a esta contigencia, la administración opta por la vía más rápida para poder calentar las aulas en el menor plazo posible.
“En la situación de pandemia no vale una motivación genérica a la hora de utilizar el procedimiento de urgencia, es necesario motivar de manera individual cada caso. Es la única forma que tiene la administración de obtener un mínimo de garantías” recuerda Calonge. Un ejemplo de utilizar un argumento general por la covid-19 es la reforma del patio de cocinas del Hospital Universitario de Valladolid el 22 de octubre de 2020 que se adjudicó a la empresa Hugo Borrego SL por un coste de 5352,76 euros. En la memoria justificativa se menciona “la ineludible y urgente necesidad de contratar los trabajos de reparación y acondicionamiento del patio de cocinas ante el mal estado general” para restaurar las arquetas, cañerías y desagües frente al peligro de desbordarse con las lluvias. También las paredes estaban en un mal estado que podían propiciar un hundimiento. Sin embargo, en el escrito no aparece ningún motivo que justifique el uso de un contrato de emergencia por la covid-19, solo hay referencias genéricas a la pandemia. Desde la Consejería de Sanidad explican: “Hay que entender las difíciles circunstancias en las que se estaba trabajando”.
En la memoria justificativa se menciona “la ineludible y urgente necesidad de contratar los trabajos de reparación y acondicionamiento del patio de cocinas ante el mal estado general” para restaurar las arquetas, cañerías y desagües frente al peligro de desbordarse con las lluvias. También las paredes presentaban grietas que podían llevar a un hundimiento del edificio. Sin embargo, en el escrito no aparece ningún motivo que justifique el uso de un contrato de emergencia por la covid-19, solo hay referencias genéricas a la pandemia. Desde el departamento de prensa de la Consejería de Sanidad nos trasladan un escueto: “hay que entender las difíciles circunstancias en las que trabajaban durante la declaración del Estado de Alarma”.
No en vano, el informe de julio de 2022 de las Juntas Consultivas de las Comunidades Autónomas, órganos fiscales autonómicos, de 2022 hace referencia en sus recomendaciones “al recurso a la tramitación de emergencia responde, en ocasiones, más a la carencia de una diligente planificación o programación (...) se recomienda reforzar aquella a fin de evitar la utilización de instrumentos que excepcionan la publicidad y la concurrencia, principios esenciales y vertebradores de la contratación pública”. Por lo tanto la sola necesidad de un determinado servicio, obra o suministro no justifica un contrato de emergencia. Tiene que ajustarse siempre a lo que el marco legal prevé, que tenga sirva para gestionar la pandemia del coronavirus, puesto que hay otros cauces ordinarios para otro tipo de urgencias.
Televisión en abierto, pilas, hornos y reparación de cañerías
Entre el 13 de diciembre de 2020 y el 8 de mayo de 2021 la Gerencia Regional de Salud concedió seis contratos de servicio de televisión en abierto en el Hospital Universitario Río Hortega de Palencia, en el Complejo Asistencial Universitario de León y el hospital de El Bierzo. Un servicio común en los edificios sanitarios. Las empresas adjudicatarias fueron Hospital Vision S.A, Quantion Tecnologias de la Comunicación, Televisión Telefonía y Telecomunicaciones Salud SA y Renta TV 2000 SA por 310.692,45 euros. No hay en el listado del portal de transparencia referencia a otros contratos de televisión por la vía menos garantista con el objetivo de combatir la pandemia.
En la memoria del contrato se aprecia que el motivo era “humanizar la estancia de pacientes ingresados”, aunque la vía de emergencia se utilizó nueve meses después de la declaración del Estado de Alarma y continuó siendo la elegida un año después. No obstante, existen otras formas de contratación más ágiles en sus plazos y sus trámites como el procedimiento simplificado y el simplificado abreviado, tal como recoge la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP). “La Administración debe estar preparada después de unos meses de adaptarse a trabajar con cierta normalidad en una situación de pandemia” explica el experto en Derecho Administrativo. Y en referencia a la excepcionalidad de este método, Calonge advierte: “Puedes comprar lo que quieras a quien quieras, por eso hay que ser muy estricto con esta vía”.
Otro ejemplo más de lo que podría ser una falta de planificación se produce cuando la Gerencia Regional de Salud-Gae autorizó el saneamiento de las cañerías de agua caliente en invierno y agua fría en verano del hospital de El Bierzo, al igual que el sistema de aire acondicionado. El motivo para la reforma era mantener la temperatura adecuada en todas las instalaciones del edificio y fue adjudicado a la empresa leonesa Dafrica Bierzo SL. por 116.762,24 euros. En este caso la fecha importa, es del 18 de mayo de 2020. Al ser a inicios de verano puede tratarse más de la intención de reducir plazos que la lucha estricta contra la covid-19.
El motivo para la reforma era mantener la temperatura adecuada en todas las instalaciones del edificio y fue adjudicado a la empresa leonesa Dafrica Bierzo SL. por 116.762,24 euros. En este caso la fecha importa, es del 18 de mayo de 2020. Al ser a inicios de verano puede tratarse más de la intención de reducir plazos que de la lucha estricta contra la covid-19.
Al profundizar en la lista de contratos de emergencia destaca la puesta a punto de un emblemático edificio de Valladolid fundado por orden de los Reyes Católicos: el Monasterio de Nuestra Señora de Prado. Es la sede de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte desde 1982 y en 2020 se solicitaron obras de reparación de las tuberías y la caldera para mantener un acondicionamiento adecuado del edificio. No se trata de un edificio cuyo uso sea el sanitario, sino la sede de una consejería. En un primer momento, la citada consejería inició en febrero de 2020 un procedimiento abierto de contrato mayor de obra, pero con la declaración del Estado de Alarma y la suspensión de plazos administrativos, decidieron iniciar la obra por el trámite de emergencia. No obstante, el Tribunal de Cuentas avisa en una de sus recomendaciones que no debe utilizarse este método porque la administración no llegó a tiempo para proporcionar un determinado servicio. Debe quedar acreditada en la memoria justificativa del contrato el ‘imprevisto que hizo utilizar esta vía tan poco restrictiva de contratación’.
En un primer momento, la citada consejería inició en febrero de 2020 un procedimiento abierto de contrato mayor de obra, pero con la declaración del Estado de Alarma y la suspensión de plazos administrativos, decidieron iniciar la obra por el trámite de emergencia. No obstante, el Tribunal de Cuentas advierte en una de sus recomendaciones que no debe utilizarse este método porque la administración no llegó a tiempo para proporcionar un determinado servicio. Debe quedar acreditada en la memoria justificativa del contrato el ‘imprevisto que hizo utilizar esta vía tan poco restrictiva de contratación’.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deportes responde “que es algo heredado de la anterior gestión de Ciudadanos en la consejería e investigaremos este asunto desde nuestro partido. De primeras es algo que rechina, que llama la atención, que sea de emergencia la reparación de nuestra sede”. Vox es quien ocupa esta cartera desde las elecciones de febrero en Castilla y León. Previamente había pertenecido a la formación naranja, hasta la ruptura del actual Ejecutivo de Alfonso Mañueco con quienes fueron sus primeros socios de gobierno.
Otra constante en la lista de Transparencia es que hay contratos cuyo objeto es el suministro de algún bien que no tiene relación directa con el coronavirus. Una muestra de ello es la compra de una marmita para la cocina para la residencia los Valles de Benavente (Zamora) por 18.089,50 euros, dos contratos para la adquisición de pilas alcalinas en la residencia Centro Virgen del Yermo de Zamora, el suministro de útiles y muebles de cocina para la Gerencia Regional de Salud (GAS) de Zamora y la compra de dos impresoras para la Gerencia de Asistencia Sanitaria de Palencia.
Todos ellos tienen en común que el órgano adjudicador es la Gerencia Regional de Salud (GAE), dependiente de la Consejería de Sanidad de Castilla y León. La lista de los 22 contratos en Castilla y León que no se ajustan a la etiqueta de prevención del coronavirus suman un total de 5.824.397,48 euros.
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