El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Ávila ha acordado que no procede el sobreseimiento de las actuaciones solicitado por la defensa y ... ha decidido continuar por la Ley del Jurado las diligencias abiertas para esclarecer si, como denuncia la acusación particular, Pedro S. G., el jefe de tributos de la Junta de Castilla y León en Ávila intentó cobrar una 'mordida' de 50.000 euros de una herencia de un millón a cambio de rebajar las valoraciones de los bienes y que la liquidación por esos conceptos «le saliera más favorable» a la beneficiaria del legado.
A la denuncia planteada por un contribuyente contra el jefe de la sección de Inspección y Valoración Tributarias del Servicio Territorial de Hacienda de esa provincia como presunto autor de un delito de cohecho del artículo 419 del Código Penal se suma la Fiscalía, que considera que el funcionario ha podido incurrir en este delito, y también la Junta de Castilla y León, que se ha personado en el asunto como administración perjudicada. El delito de cohecho castiga al funcionario público que solicite o reciba «por sí o por persona intermedia» cualquier dádiva (y con la nueva redacción dada al precepto por la LO 5/2010, un favor o retribución de cualquier clase), o que acepte un ofrecimiento o promesa para que ejecute un acto relativo al ejercicio de su cargo.
Correos y grabaciones
Antes de tomar declaración a denunciante y denunciado, el juez instructor prefiere esperar a tener sobre su mesa los resultados del análisis, por parte de los expertos en tecnología de la policía judicial, de las pruebas aportadas. Se trata, principalmente, de correos electrónicos y grabaciones en vídeo en las que el funcionario citaría al contribuyente en una calle de Ávila para rematar el «intercambio» del dinero.
La beneficiaria de la cuantiosa herencia es una señora nonagenaria cuya hermana testó a su favor. Dada su avanzada edad, otorgó autorización para su representación a uno de sus hijos respecto del expediente de declaración de herederos. En principio, la delegación territorial habría fijado una cuantía a pagar de 150.000 euros pero, según el denunciante, el inspector le llamó para hablar con él fuera del horario de oficina en su despacho de la delegación. En esa primera entrevista, el 15 de noviembre de 2022, le habría relatado el funcionario que «había invertido en criptomonedas, lo había perdido todo y debía dinero», y que la cuantía del impuesto de sucesiones «había subido a unos 244.000 euros», pero no le facilitó al contribuyente «un desglose de la la liquidación ni la justificación del aumento de la cuantía». Después le habría dicho que «podría hacer disminuir esa cuantía» a 150.000 euros si le gratificaba con 50.000 euros en efectivo.
Días más tarde, el denunciante volvió a recibir otro correo electrónico de S. en el que le indicaba que la cuantía no iba a ser superior a los 100.000 euros y en otra cita, el 25 de noviembre, le mostró un excel con tres valoraciones diferentes: 150.000, 240.000 y una de casi 350.000 euros sin motivación ni desglose de cantidades. A raíz de esta denuncia contra el funcionario (que fue detenido y actualmente está en libertad sin fianza) el expediente de esta herencia ha sido transferido y está siendo revisado por dos inspectoras tributarias de Valladolid.
La Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León decidió personarse en las diligencias del caso tras recibir el pasado 7 de febrero el ofrecimiento de acciones por parte del juzgado instructor que investiga desde el pasado año si el alto funcionario ha incurrido en un delito de cohecho. Este delito se penaliza con prisión de tres a seis años, multa de doce a veinticuatro meses, e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a doce años, sin perjuicio de la pena correspondiente al acto realizado, omitido o retrasado en razón de la retribución o promesa.
La Junta está personada para ejercer las acciones judiciales que correspondan en defensa de sus intereses, «tanto por los posibles perjuicios que contra la Hacienda de la comunidad se pudieran haber producido como en defensa de la propia imagen de la Administración y de la confianza para los ciudadanos en sus relaciones con los empleados públicos».
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