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S. E.
Lunes, 12 de enero 2009, 02:27
Si usted tiene una pequeña parcela a la vera de una carretera está sometido a las servidumbre que marca el asfalto. La nueva ley mantiene las franjas de distancia a ambos lados de las vías vigentes desde 1990 en las que no se puede edificar, que sitúan en 50 metros de anchura en autopistas, autovías y vías para automóviles (antes vías rápidas compuestas por una calzada de doble dirección, un amplio arcén y caminos de servicio) y en 18 metros para el resto de la red sea básica o complementaria. Aquí hay un pequeño cambio, puesto que hasta ahora los linderos de las carreteras incluidas en el mapa de la red básica sufrían una limitación de 25 metros. «Se da una mayor flexibildiad con el objetivo de poner menos dificultades al asentamiento de población en el medio rural», aclaran desde Fomento. La legislación autoriza al consejero de este departamento a aprobar, «excepcionalmente» y previo informes motivados, un recorte de esa distancia de prohibición de edificar cuando haya «razones geográficas o socioeconómicas» que así lo aconsejen.
Variantes
En el caso de las variantes se establece una horquilla de entre 18 y 50 metros de distancia para poder llamar a los albañiles. El límite exacto se establecerá durante la redacción del estudio informativo sobre el trazado más adecuado y habrá sólo dos meses para alegar en contra de la decisión final.
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