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Un grupo de pasajeros vallisoletanos increpan a dos controladoras de Aena, en un hotel donde se reunían en 2010. EL NORTE
TRANSPORTE

Frenan la reclamación de afectados por la huelga de controladores del año 2010

Una jueza dice que aplicará el criterio de la Audiencia Nacional que no ve responsabilidad de Aena por el paro

JORGE MORENO

Miércoles, 5 de junio 2013, 13:14

Cientos de vallisoletanos que se vieron afectados por la huelga de controladores del espacio aéreo, que tuvo lugar en España en diciembre del 2010, han topado con un nuevo obstáculo judicial en su camino para reclamar los daños y perjuicios por este paro, que les impidió desplazarse dentro y fuera del territorio nacional coincidiendo con el puente de la Constitución.

El paro trajo consigo la suspensión de todos los despegues de aviones, y que más de 2.500 viajeros de la región no pudieran volar no solo a destinos nacionales, sino también con chárter a Praga, Dubrovnik, Marrakech o Estambul. El cierre del espacio por la huelga perjudicó también a los vallisoletanos que se desplazaron para salir del aeropuerto de Madrid-Barajas.

La titular del Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo número 7 de Madrid ha comunicado al bufete madrileño que representa los intereses de 472 afectados de Castilla y León, que desestimará todos los recursos que presenten imponiendo a los viajeros que reclamen el pago de las costas si siguen adelante con la demanda judicial.

La jueza argumenta para ello el criterio de un órgano superior, la Sala de lo Contencioso-administrativo (Sección 8), que en el mes de abril dictó una sentencia en la que rechazaba la apelación de una agencia de viajes basándose en que la compañía estatal que gestiona los aeropuertos españoles no fue responsable por el cierre del espacio aéreo.

En dicha sentencia se establecía que la situación de abandono absoluto de un servicio por parte de profesionales obligados a prestarlo, como la que dio lugar al cierre de los aeropuertos en diciembre del 2010, «no resulta previsible (...) por lo que la situación se convirtió en insuperable e irresistible a corto y medio plazo».

La Audiencia Nacional exoneraba también a Aena por entender que se produjeron «circunstancias de fuerza mayor, ajenas al ámbito de decisión de Aena». Aunque esta sentencia no es vinculante, la jueza de lo Central Contencioso-administrativo número 7, que lleva la mayor parte de las demandas acumuladas por el bufete madrileño Cremades & Calvo Sotelo, entiende que debe de seguir el criterio judicial marcado por el tribunal superior.

Algunos de los afectados, que reclamaban 10.000 euros por pasajero en concepto de daños morales, han comenzado a desistir de su reclamación toda vez que les supone el pago de las costas judiciales de seguir adelante con el proceso.

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