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Factoría de la empresa C&D Foods, situada en la antigua carretera de Burgos. HENAR SASTRE
Anulado el recorte salarial del 9% en la empresa C&D Foods por «mala fe» contable

Anulado el recorte salarial del 9% en la empresa C&D Foods por «mala fe» contable

En una sentencia inédita, el juez cuestiona las cuentas presentadas por la mercantil para rebajar el sueldo a 70 empleados

Jorge Moreno

VALLADOLID

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Jueves, 7 de marzo 2019, 07:34

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Los 70 trabajadores de la multinacional irlandesa C&D Foods Spain, dedicada a la fabricación de productos y piensos para animales de compañía, han comenzado el año recuperando una parte del sueldo que la dirección les recortó desde mayo del pasado 2018.

Una reposición salarial a la que el Juzgado de lo Social número 1 de Valladolid obliga a la empresa, en una sentencia inédita donde se cuestiona el mal uso de los instrumentos contables que la reforma laboral de 2012 fija para aceptar bajada de plantillas, o aplicar recortes salariales en las nóminas de los trabajadores, cuando las empresas se hallen en crisis o caída de la facturación.

El fallo judicial responde al conflicto colectivo promovido por el comité de empresa a mediados del pasado año, después de que la dirección comunicase a los trabajadores que se encontraba en situación económica negativa. Para ello, proponía una reducción del sueldo a todos los empleados (el 7% para los sueldos de menos de 20.000 euros, y del 10% para aquellos cuya base de cotización fuese de 3.751 euros).

A la rebaja en nóminas durante dos años, la empresa añadió la supresión, también indefinida, de los cinco días de libre disposición adicionales a los 22 días de vacaciones previstos en el convenio, para tratar de «mejorar la productividad».

Tras iniciarse el periodo de consultas marcado por la ley con el comité, las partes no alcanzaron acuerdo alguno (tampoco en el Serla), por lo que la compañía irlandesa decidió aplicar unilateralmente el recorte salarial desde mayo pasado. Ello comportó una media para cada empleado de unos 130 euros al mes, lo supuso convertir casi en la práctica a estos empleados en mileuristas.

Entre los meses de abril y julio de 2018, la empresa despidió también a ocho trabajadores alegando causas económicas, lo que le conllevó, según la sentencia, un ahorro del coste salarial mensual de 23.346 euros. Todo ello, se justificó en el juzgado, para tratar de paliar el descenso de ventas de los productos para animales domésticos y la subida de los costes de los proveedores.

Sin embargo, el 1 de octubre del año pasado, cuando se celebraba la vista oral, el magistrado Alfonso González ordenó la suspensión de la misma, así como del plazo para dictar la sentencia. El objetivo era oír el testimonio de la persona que realizó la auditoría en la empresa, en la que se justificaban las dificultades por las que atravesaba. Además, pidió que comparecieran dos peritos en el juicio, que se fijó para el 17 de octubre de 2018.

En uno de los informes, se concluye que «las cuentas auditadas presentadas por C&D Foods Spain reflejan divergencias entre datos de Balance y Cuenta de Pérdidas y Ganancias por los mismos conceptos y periodo, desvirtuando el principio de imagen fiel del patrimonio y financiero de la empresa y su comparativa interanual».

La perito indicó al juez que, según la normativa contable española, el mismo concepto que se recogiese para el mismo periodo que se reflejase en las cuentas anuales «debería de tener el mismo importe», circunstancia que no se daba.

La economista señala que la contabilidad de la empresa elevó los costes de aprovisionamientos, al tiempo que constató que la productividad de cada empleado fue superior en el 2017-2018 al ejercicio anterior.

La especialista apuntó además que desde el 2016, año en el que se había cambiado de administrador, las compras al grupo con sede en Irlanda se duplicaron, llegando al 49%, mientras que las del resto de proveedores descendieron un 18%.

Todo ello ha llevado al magistrado a declarar nula la decisión empresarial de rebajar los salarios de sus empleados, por cuanto «existen dudas razonables que las cuentas de la empresa reflejen su situación real». El fallo añade que «las supuestas pérdidas no justifican una reducción salarial de forma indefinida».

Los directivos podrán cobran también

La sentencia del Juzgado de lo Social 1, que ha sido recurrida por C&D Foods ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León, ha conllevado que los 70 trabajadores hayan recuperado su salario, que estaba por encima del Convenio de Industrias de Alimentos Compuestos. Ese fue otro de los argumentos que, según la sentencia, se esgrimió para rebajar las nóminas, ya que los empleados estaban por encima de los mínimos fijados en el acuerdo nacional.

Aunque el juez condena a reponer a la plantilla «en las mismas condiciones laborales que existían» en enero de 2018, la empresa ha comenzado a abonar a los trabajadores las diferencias salariales desde diciembre pasado, y tiene pendiente el pago de los meses entre mayo y noviembre a la espera del TSJ.

Una recuperación salarial que también incluye a los cinco directivos de la mercantil, con salarios de unos 50.000 euros brutos año. Fuentes judiciales indicaron que la demanda colectiva presentada por el comité incluye a todo el personal, y aunque este grupo directivo no haya demandado este derecho particularmente en el Juzgado de lo Social, la recuperación les afecta.

Para declarar nula la rebaja lineal del 9%, al no cumplirse la causa económica que exige la ley, el juez sostiene que «la empresa tuvo beneficios en el periodo anterior», y aduce también que la compañía irlandesa «no realizó propuestas alternativas para evitar o reducir los efectos de la decisión empresarial, habiéndose mantenido a ultranza en su posición desde el inicio» de la negociación.

Recuerda a la dirección además los dos principios básicos de la buena fe en este proceso: el de transparencia, para «no ocultar datos», y el de racionalidad, «que exige una voluntad de llegar a un acuerdo».

El fallo añade que «la doctrina judicial viene afirmando que la buena fe supone que el periodo de consultas ha de abordarse bajo una verdadera voluntad de diálogo y la realización de un esfuerzo sincero de aproximación de posiciones (...), puesto que negociar implica estar dispuesto a ceder», concluye el magistrado.

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