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A. O.
El TSJ reconoce como accidente laboral la baja por acoso de un grupo de alumnos a una docente de Peñafiel

El TSJ reconoce como accidente laboral la baja por acoso de un grupo de alumnos a una docente de Peñafiel

La profesora tuvo que de dejar su puesto de trabajo después de los ataques de un grupo de alumnos de 12 y 13 años en el IES de Peñafiel

j. s.

Miércoles, 6 de junio 2018, 09:37

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La situación vivida por una profesora desde que comenzó el curso 2016-2017 en el Instituto Conde Lucanor de Peñafiel, a raíz de los continuos ataques y desprecios protagonizados por un grupo de alumnos de 12 y 13 años de primero de la ESO le llevó al extremo de solicitar la baja el 9 de enero de 2017 y a no recibir el alta hasta concluido el curso, el 3 de julio siguiente. La Seguridad Social tramitó entonces su baja como una enfermedad común, fruto del «singular modo en el que vivió» esta situación, y la docente presentó entonces una demanda contra la Seguridad Social, la Consejería de Educación y la mutua (Ibermutuamur) para reclamar que su incapacidad temporal fuera considerada como un accidente laboral. Y así se lo acaba de reconocer el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), que ratifica punto por punto un fallo en el mismo sentido dictado en diciembre por un Juzgado de lo Social de Palencia –allí presentó la demanda la profesora–, según confirmó ayer su abogada, Amaya Rodríguez, quien aclaró que su defendida buscaba, como así ha logrado, «el reconocimiento expreso de que el motivo fue el acoso al que fue sometida cuando desempeñaba su trabajo».

El fallo del alto tribunal, que desestima el recurso interpuesto por la Seguridad Social, recoge que «resulta incuestionable la presencia de una situación de violencia en el trabajo que ha generado el estado de ansiedad y alteración mental desencadenante del proceso de baja iniciado el 9 de enero de 2017» y reprocha al organismo oficial que «afirmar lo contrario resulta infundado». Tanto es así que los magistrados, después de recoger una pormenorizada cronología de los partes abiertos por la profesora contra once de sus alumnos durante el primer trimestre del curso pasado –uno de ellos llegó a ser condenado por un delito leve de amenazas–, destacan que «cualquier hombre medio sometido a la presión, agresividad y violencia verbal a la que fue sometida la profesora durante su tiempo de trabajo hubiera padecido las alteraciones psíquicas en ella descritas».

De manera que el tribunal deja claro que la baja motivada por un evidente caso de acoso escolar de los alumnos hacia la profesora debe considerarse como un accidente laboral, con los consiguientes beneficios laborales para la docente. La víctima trabaja hoy «con absoluta normalidad» en otro centro educativo.

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