El juez reconoce el cobro por carrera profesional aunque se cambie de plaza
El Juzgado dicta la primera sentencia en favor de UGT, que exige valorar a un empleado el trabajo realizado en Sacyl antes de ascender
ANA SANTIAGO
Lunes, 10 de mayo 2010, 03:02
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Valladolid ha reconocido el derecho a cobrar la prima por carrera profesional por el trabajo realizado en una categoría inferior a la que desempeña un empleado de la Consejería de Sanidad a la hora de pedir la valoración de su grado y la retribución económica que le corresponde. El demandante había cambiado de plaza por un concurso de promoción interna y la Junta había desestimado valorar los años de trabajo desempeñado en su primera categoría.
Es ésta la primera sentencia dictada a este respecto en respuesta a un recurso defendido por el sindicato UGT. Esta central sindical destaca que este antecedente no sólo tiene importancia por el caso concreto del trabajador, sino «porque afecta a multitud de empleados de Sacyl» que han ascendido por pruebas internas.
El trabajador que impugnó la resolución de la Administración sanitaria por la vía judicial en noviembre del 2008 reclamaba que se le reconociera el derecho a percibir el grado 1 de administrativo con efectos de 1 de enero del 2007. Este empleado había pasado en noviembre del 2006 a la categoría profesional de Gestión. La Consejería de Sanidad argumenta para negarle el acceso al grado 1 de la carrera profesional en la categoría de administrativo el hecho de encontrarse en situación de excedencia.
La jueza considera que el recurrente tenía reconocido el grado 1 como profesional administrativo y que la Junta no le había pagado el complemento por su ascenso, pero «lo cierto -recoge el texto judicial- es que dicho cambio de categoría no justifica que no se proceda al abono de un complemento que lo que viene a compensar es el conocimiento y experiencia que le fueron reconocidas previamente por la Administración». La sentencia, dictada el pasado mes de marzo, y que no es la primera respecto a la carrera profesional, recuerda las Instrucciones dictadas por la Dirección de Recursos Humanos en las que se indica que «las cuantías correspondientes al complemento de carrera de grado 1 reconocido se abonarán por los importes correspondientes a la categoría en la que ha sido reconocido, independientemente de que en la actualidad se presten servicios en otra categoría diferente y cintinuaran percibiéndose hasta que, en su caso, se reconozca el grado correspondiente en la nueva categoría».
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