La multa por obstruir la vía con el coche sube de 80 a 200 euros
La infracción por parar o estacionar en ciertos casos pasa de leve a grave con el cambio de la ordenanza
C. BLANCO
Sábado, 3 de marzo 2012, 13:59
El Ayuntamiento de la capital ha decidido ponerse al día y adaptar su norma a la regulación general circulatoria. En el último pleno salió adelante la propuesta de aprobación de la modificación de la ordenanza municipal de tráfico, cuyos cambios representan un paso adelante al estar orientados a lograr esa adecuación de la normativa que rige en la ciudad a los códigos infractores que marca la ley de seguridad vial, según ha explicado el concejal de Hacienda, Tráfico y Policía Local del Ayuntamiento de Segovia, Alfonso Reguera.
El Consistorio ha dado luz verde a la traducción de lo dispuesto en el artículo 65.4 de esta normativa general en la que se inspiran las variaciones introducidas, que se refiere en particular a la graduación de los incumplimientos. Son catalogados como graves los hechos de «parar o estacionar en carril bus, en curvas, cambios de rasantes, zonas de estacionamiento para uso exclusivo de personas con discapacidad, túneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso o en el que se obstaculice gravemente la circulación o constituya un riesgo, especialmente para los peatones», dicta el texto de la regulación general.
En definitiva, el Ayuntamiento de Segovia recoge y traslada estos supuestos y los plasma en la modificación de la ordenanza municipal de tráfico promovida por el equipo de Gobierno local. La principal consecuencia que va a traer consigo será el endurecimiento y encarecimiento de las sanciones en esa equiparación al código de seguridad vial.
Como expone el concejal, con el objetivo de poder graduar la infracción correspondiente en los supuestos de estacionamientos indebidos que obstaculicen de una forma grave la circulación o representen un riesgo, la propuesta municipal pasa por «desdoblar» las irregularidades previstas en la ordenanza.
Intervención de la grúa
Es decir, en cada supuesto se añade el hecho de obstruir el tránsito o la amenaza de peligro. La tipificación de incumplimiento de estas normas pasa de ser una infracción leve a grave. O lo que es lo mismo, una multa más severa. Alfonso Reguera bosqueja en su detalle que se trata de aquellos casos que requieren la intervención de la grúa para la retirada del vehículo que comete alguna de esas infracciones.
Supuestos sancionables
con estas premisas añadidas al texto regulador de la obstaculización y el riesgo, la parada o el estacionamiento en aquellas partes de la vía destinadas a la circulación de vehículos se castigará con 200 euros, frente a los 80 con los que estaba penalizado hasta ahora.
Otros botones de muestra de las modificaciones introducidas por el Ayuntamiento de la capital son, por ejemplo, el parar o estacionar en reservas para contenedores de residuos; en plazas reservadas para vehículos de organismos públicos; en horario de reserva autorizada para hoteles, obras o mudanzas, así como en las partes de la calzada que están acotadas y señalizadas para el estacionamiento de determinados tipos de vehículos. Todos los incumplimientos pasan a estar castigados con 200 euros.
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