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Salida del inodoro, ducha y lavabo sellados y ventana con chapa de la celda 61. El Norte

La celda 61 de la cárcel de Dueñas queda archivada

El Juzgado número 2 ha decretado el sobreseimiento provisional de las actuaciones tras la denuncia de Acaip por el confinamiento en La Moraleja de presos sospechosos de portar drogas en un habitáculo sin agua ni ventilación

Lunes, 20 de diciembre 2021, 07:19

El sindicato Acaip, mayoritario en Instituciones Penitenciarias, registró el 11 de julio de 2017 en el juzgado de guardia en Palencia una denuncia contra el director de la cárcel de Dueñas, Francisco Javier Díez Colado, y contra el en aquel momento secretario general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo, al entender que ambos debían depurar responsabilidades penales por la supuesta comisión de delitos de tortura y rigor innecesario en el centro penitenciario de La Moraleja contra internos sospechosos de portar sustancias estupefacientes en su cuerpo al regreso de los «vis a vis». Según Acaip, se confinaba a estos reclusos en una celda de la prisión, la 61, sin agua corriente (no había grifo ni ducha) ni desagües, ni tampoco ventilación (las ventanas estaban selladas con chapas), además de haber en su interior dos cámaras de videovigilancia conectadas a un monitor y un sistemas de iluminación permanente.

La denuncia fue girada por turno al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2 de Palencia, que ha investigado las condiciones en las que cuatro reclusos fueron recluidos en esa celda 61 entre abril y mayo de 2017, algunos de ellos durante siete días seguidos. El juez solicitó el 25 de septiembre de ese año al director del centro penitenciario un informe en relación con los hechos denunciados. El 1 de diciembre, la Fiscalía solicitó al juez que pidiera al director de la cárcel de Dueñas una relación detallada de las órdenes de dirección de aplicación del artículo 72 con la orden de aislamiento provisional, así como la comunicación al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria durante 2017. El Ministerio Público solicitó también una relación de la aplicación posterior del artículo 75.2 al interno y duración de la misma, y que se aportara también información reservada de la Inspección de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias sobre el uso y aplicación de la celda 61 de Dueñas.

El 19 de diciembre, el titular del Juzgado Número 2 dictó una providencia al respecto acordando librar un nuevo oficio al director de la cárcel, ampliándose ese oficio a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. El director de la cárcel de Dueñas remitió la información a principios de enero de 2018, y desde la Dirección General de Instituciones Penitenciarias se aseguró que se había facilitado esa información, pero el sindicato Acaip registró el 9 de febrero de 2018 en el juzgado una ampliación de la denuncia contra el director de la cárcel y el secretario general de Instituciones Penitenciariaspor desobediencia y entorpecimiento a la Justicia, al considerar que estaban haciendo caso omiso a las peticiones de información del juez y la fiscal.

El sindicato Acaip presentó denuncia contra el director de la cárcel y el secretario de Instituciones Penitenciarias

En los días previos a la Semana Santa de 2018, el sindicato Acaip registró un escrito de requerimiento en el que solicitaba al juez que insistiera en esa demanda de información, y junto con ese escrito adjuntó un informe del Defensor del Pueblo, en aquel momento Francisco Fernández Marugán, sobre el uso de las celdas de observación del centro penitenciario Puerto I, en el Puerto de Santa María (Cádiz), similares a la 61 de Dueñas. En ese informe se recomendaba que se regulara «adecuadamente» el uso de esas celdas, para aquellos casos en los que fuera «estrictamente necesario y por un tiempo mínimo imprescindible, incluyendo los requisitos para su empleo, las garantías y unas condiciones de habitabilidad equivalentes a los del resto de los internos».

En mayo de 2018, la Fiscalía de Palencia, tras considerar que no resultaba debidamente justificada la perpetración del delito, pidió al titular del Juzgado de Instrucción Número 2 de Palencia que archivase las diligencias abiertas a raíz de la denuncia de Acaip, que en septiembre de 2018 registró en el juzgado una nueva ampliación de la denuncia contra Javier Díez Colado por un presunto delito de falsedad documental. Acaip entendía que el director del centro penitenciario de La Moraleja supuestamente «omite o tergiversa o falta a la verdad sobre los hechos de los que debería dar cuenta» y, en concreto, de las comunicaciones cursadas por el propio Javier Díez o por el centro penitenciario al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria sobre aplicación de régimen del artículo 75.2 a los internos y su reclusión en la celda 61.

Finalmente, el 8 de enero de este año, el titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Palencia dictó un auto en el que, «tras haberse procedido por la magistrada del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 4 y el letrado del Juzgado de lo Penal número 1 al reconocimiento y examen de dicha celda, sin que ni siquiera indiciariamente se desprenda la comisión de un delito de torturas que les atribuía en la denuncia a Francisco Javier Díez Colado y Ángel Yuste Castillejo», acordó el sobreseimiento provisional de las actuaciones.

Con posterioridad, la Fiscalía se ha opuesto a las alegaciones formuladas por Acaip para que se declare nulo el auto dictado al entender que no concurre ninguna causa que permita esa declaración de nulidad, «tratándose de un auto correctamente dictado y fundado que pudo ser recurrido en tiempo y forma».

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