El TSJ anula la urbanización de un monte de utilidad pública en la localidad soriana de Navaleno
Los ecologistas lo califican de «nuevo varapalo judicial en el corazón de la Sierra de Urbión a la política urbanística y forestal de la Junta»
Isabel G. Villarroel
Jueves, 5 de febrero 2015, 12:21
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ) ha declarado nula la descatalogación de una parte del Monte de Utilidad Pública nº 84 de Navaleno, promovida por el Ayuntamiento y auspiciada por el Jefe de la Unidad de Ordenación y Mejora del Servicio Territorial de Soria, con la finalidad de poder urbanizarla y construir un 'Museo del Uniforme Militar'.
La asociación ecologista de Soria ASDEN recuerda cómo «el Ayuntamiento de Navaleno y la Junta de Castilla y León intentaron justificar la descatalogación de 2 hectáreas basándose en argumentos pueriles e impropios de unas autoridades que tienen la obligación de proteger los montes y hacer cumplir la Ley». En la sentencia de 16 de enero de 2015, el Tribunal reconoce en su Fundamentos Jurídicos las deficiencias del procedimiento y, en su caso, los incumplimientos legales realizados por la administración forestal. Carlos González explica la sentencia insistiendo en que anuncia que «los terrenos pasaron de suelo no urbanizable protegido a suelo urbanizable en la modificación del planeamiento urbanístico de Navaleno del 2003, a pesar de que la Ley de Urbanismo establece la imposibilidad de urbanizar suelos integrados en un Monte de Utilidad Pública. Tal Cambio urbanístico produce desconcierto al Tribunal».
Además, «la exclusión de los terrenos aprobada no cumple con los preceptos de la legislación forestal ya que tal exclusión no supone una mejora para su gestión y conservación, y el nuevo perímetro creado es más irregular e indefinido y por lo tanto manifiestamente contrario a lo establecido en la de montes; y la excepcionalidad de la supuesta necesidad de suelo para edificar viviendas la contradice el propio ayuntamiento. Hay que tener en cuenta que en el año 2012 en Navaleno había de 345.645 m2 libres y disponibles para construir».
González insiste en que «el Tribunal critica y desmonta con contundencia uno a uno los fraudulentos argumentos favorables a la descatalogación elaborado por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria y por el Ayuntamiento de Navaleno. El tribunal antes de declarar la nulidad de la Orden concluye finalmente que es un indudable que el terreno destinado a monte y catalogado como perteneciente a un Monte de Utilidad Pública no puede estar destinada a ser urbanizable, y no concurre causa alguna para la descatalogación. Esta sentencia muestra lo que venimos denunciado desde ASDEN-Ecologistas en Acción: que la Junta de Castilla y León y algunos Ayuntamientos tienen especial interés por especular urbanísticamente con los montes. Lo cual contradice el supuesto y ampliamente publicitado modelo forestal soriano como fuente de riqueza, empleo y recursos renovables».
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