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Absuelven a tres alcaldes y un empresario de tráfico de influencias y prevaricación

El Juzgado de lo Penal considera no probadas las acusaciones contra los regidores de Villadepera, Villardiegua y Gamones y el constructor Pordomingo

Alicia Pérez

Martes, 10 de enero 2017, 20:22

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El Juzgado de lo Penal de Zamora ha absuelto a tres alcaldes de la comarca de Sayago y a un empresario constructor de un delito de prevaricación, tráfico de influencias y negociaciones prohibidas a la autoridad. Han sido absueltos, tras el juicio celebrado en la sala de la Audiencia Provincial, el exdiputado provincial del PP de Zamora y alcalde de Villadepera, José Ignacio Isidro; el alcalde de Villardiegua de la Ribera, Silvestre Fernando; el alcalde de Gamones, Laureano Lorenzo, y el constructor José María Pordomingo, de la empresa Pordomingo y socio de José Ignacio Isidro en la empresa Cosmo Sayago desde su constitución el 30 de mayo de 2012.

A José Ignacio Isidro se le imputaba un delito de tráfico de influencias. El Juzgado de lo Penal considera que los hechos denunciados no pueden ser constitutivos de un delito de tráfico de influencias porque «no consta acreditado que José Ignacio Isidro hubiere ejercido influencia alguna en cualquier otro funcionario o autoridad en la adjudicación de las obras a la empresa Cosmo Sayago, de la que él era socio a través de las formas legalmente previstas».

Respecto al delito de tráfico de influencias del que se acusaba al empresario José María Pordomingo, apunta la sentencia que «teniendo en cuenta  la ausencia de prueba que acredite la realidad de los hechos imputados y el principio 'in dubio pro reo' que precede la aplicación del derecho penal, procede absolver al acusado del delito que se le imputa».

Al alcalde de Villardiegua de la Ribera, Silvestre Fernando, se le absuelve de un delito de prevaricación y de negociaciones prohibidas; mientras que respecto a Laureano Lorenzo, alcalde de Gamones, al que se le imputaba un delito de negociaciones prohibidas a funcionarios públicos, se considera no probado que la adjudicación de un contrato fuera la causa por la que Cosmo Sayago contrató cinco meses después al acusado «habida cuenta que fue la única empresa que se presentó y que se ofertó  a otras que no quisieron realizarla».

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