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Juzgados de la calle Angustias de Valladolid. M. Á. S.
Retiran la patria potestad a un hombre en Valladolid por maltratar a su mujer ante sus hijas menores

Retiran la patria potestad a un hombre en Valladolid por maltratar a su mujer ante sus hijas menores

Es la primera sentencia en Valladolid que adopta la medida excepcional contra un condenado por violencia de género, en prisión desde 2014

M. J. Pascual

Valladolid

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Jueves, 8 de noviembre 2018

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Dos hermanas, de 12 y 15 años, vivieron tal clima de terror al presenciar en su propio hogar, precisamente donde tenían que sentirse más protegidas, el maltrato físico y psíquico reiterado a su madre, que el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Valladolid ha retirado al padre la patria potestad sobre las menores. Se trata de una medida excepcional (aunque reversible) que es la primera vez que se aplica en la provincia y se justifica en que «consta acreditado que el demandado y padre de las menores incumplió gravemente los deberes que, como titular de la patria potestad, tenía sobre sus hijas», al someterlas a «un entorno familiar dominado por el terror, con conductas de violencia habitual sobre la madre, violencia física y psíquica que se ejercía en presencia de las menores, que se vieron y siguen afectadas en su salud y bienestar». De hecho, las chicas han necesitado apoyo psicológico para intentar superarlo.

Esta demanda de privación de la patria potestad que ha sido estimada ahora por el juzgado de violencia vallisoletana es, hasta el momento, el último capítulo de un largo historial de maltrato que arrancó en un pequeño municipio de la provincia de Valladolid, donde recaló el matrimonio con sus dos hijas. Tras las primeras denuncias, el juzgado de lo Penal condenó a nueve años de prisión al padre de las menores como autor de cuatro delitos de maltrato familiar, uno de maltrato habitual, uno de coacciones y otro de coacciones cometido sobre la madre de las niñas, aunque posteriormente ha vuelto a ser condenado por delitos de obstrucción a la justicia y amenazas. Está en prisión desde 2014.

En el relato de los hechos probados de la primera sentencia de divorcio del juzgado de lo Penal (que concedió la guarda y custodia de las menores a la madre y la patria potestad compartida entre ambos progenitores), se pone de manifiesto «el clima de terror y pánico que el demandado instauró en el domicilio familiar». Allí, «hizo objeto a su esposa, de forma habitual, de todo tipo de tratos degradantes, desde ofrecer sexualmente a esta a sus amigos a obligarla a mantener relaciones sexuales con terceros». Todo ello, «acompañado de frecuentes agresiones físicas, amenazas, insultos, vejaciones y minusvaloraciones, muchas de ellas realizadas en presencia de sus hijas menores».

El fallo considera que las niñas han sufrido«un entorno familiar de terror y pánico»

Una de las niñas fue testigo de muchas discusiones, peleas y agresiones físicas del padre hacia la madre e incluso llegó a interponerse para defenderla. Como resultado de tanta violencia, prosigue el informe del equipo psicosocial, la menor permaneció en estado de miedo permanente y con una ambivalencia afectiva, pues le generó «un conflicto de lealtades hacia la figura del padre, a quien define, por un lado, como una persona agresiva, pero, por otro, como alguien bueno y cariñoso». En la actualidad, no tiene contacto alguno con su progenitor, desde que ingresó en prisión hace cuatro años. Es reticente a retomar la relación.

«Las menores han adoptado un rol de protección hacia la figura materna y una actitud de rechazo hacia el progenitor, a quien ya no perciben como una figura afectiva de referencia. El vínculo emocional que existía entre ellos se ha deteriorado de forma significativa», concluye el informe. La sentencia que firma el magistrado Emilio Vega, hace hincapié en que la conducta del demandado no solo «ha condicionado el bienestar y el desarrollo de las menores», sino que ellas «siguen representando para el padre un instrumento para seguir ejerciendo el dominio y la violencia sobre la madre». Como «las dificultades» que ponía a las niñas para que pudieran renovar sus pasaportes y viajar al país de origen para visitar a sus familiares.

No mejor futuro

Considera el juzgador que tampoco se vislumbra un mejor futuro para las relaciones del padre con sus hijas, sobre la base del informe psicosocial, en el que se pone de manifiesto que el hombre se encuentra en una situación de «aislamiento e inadaptación, presenta limitaciones significativas en sus relaciones interpersonales y carece de una red social normalizada». Además, el equipo psicosocial observa «un desajuste a nivel personal, social, familiar y laboral, sin expectativas de futuro concretas en estas áreas». Mantener la patria potestad sobre las niñas, prosigue la sentencia, sería dar continuidad a una situación familiar «francamente negativa para las menores, pues el padre no solo sometió a las menores a esa esfera de terror, sino que ni siquiera era consciente de que les perjudicaba». No ve el juez que el demandado asuma «culpabilidad o responsabilidad».

El Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Valladolid ha adoptado esta medida «para la adecuada salvaguarda de la personas y los intereses del menor», a la luz de la reforma de la Ley de Violencia de Género de 2015, que considera que los hijos menores también son víctimas de la violencia que sufre la mujer.

Aunque la niña de mayor edad percibiera que el padre, agresivo con la madre, había sido «bueno y cariñoso» con las hijas, la sentencia sostiene que «ha incumplido de forma grave y reiterada sus deberes».

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