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Jueves, 31 de enero 2019, 14:13
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La convivencia vecinal era tan tóxica que pudo ser mortal. E. C, su hija M. S. C. y su nieta L. C. estuvieron a punto de morir en la madrugada del 29 de mayo de 2017 después de que a J. A. S. G., con un largo historial de pleitos judiciales con sus convecinos, le diera por prender fuego a la vivienda de las mujeres cuando estas ya se habían ido a dormir. Momentos antes del incendio, el hombre, desde su piso ubicado en el inmueble número cinco de la calle José Cantalapiedra, en el barrio vallisoletano de Huerta del Rey, estuvo gritando e insultando continuamente a sus vecinas, dos plantas más abajo. Según el escrito de acusación de la Fiscalía, S. G. les increpaba: «Sois unas putas. A la hija cuando la vea en la calle le corto la cabeza. Salir, sale, pero no entra (...) Tengo que quemarle la tienda y después el coche. Me habéis destrozado la vida».
A continuación, desde su piso, situado dos plantas más arriba, arrojó hacia el de sus vecinas papeles a los que antes había prendido fuego. Algunos de estos papeles ardiendo se colaron a través de la ventana exterior de la cocina y, al entrar en contacto con los productos de limpieza que había en una repisa colocada entre la ventana exterior e interior, el incendio hizo estallar los cristales y se propagó por la cocina, «alcanzando cortinas y saltándose los azulejos». La Fiscalía considera probado que «peligró la seguridad o integridad física de las moradoras, que se encontraban durmiendo y que se levantaron para intentar sofocar el incendio, que amenazaba con extenderse por la casa y afectar a las conducciones de gas próximas, con peligro vital para las mujeres».
El acusado presenta, según el examen forense que se le realizó en su día, un «trastorno inmaduro de personalidad» que, junto con el abuso en el consumo de alcohol, le habría ocasionado «una disminución leve de bases psicológicas de imputabilidad, desde el punto de vista médico-legal».
Los daños ocasionados en la vivienda por el fuego provocado fueron tasados en 4.106 euros y esa es la indemnización que el fiscal propone que se le imponga al acusado.
En su escrito de conclusiones provisionales, el ministerio público considera que J. A. S. G. es autor de un delito de incendio con riesgo para la vida e integridad física de las personas, aunque le aplica la circunstancia atenuante de alteración psíquica. Por ello solicita que se le imponga la pena de siete años de prisión, privación del derecho a la tenencia porte de armas durante cinco años y la accesoria de prohibición a acercarse y comunicarse con sus vecinas en ese tiempo.
La Fiscalía también propondrá al tribunal, durante la vista oral en la Audiencia de Valladolid, que se celebrará los días 7 y 8 de febrero, que el acusado se someta «a tratamiento externo en centro psiquiátrico o tratamiento psicológico» durante cinco años.
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