Así es el proceso legal para finiquitar la sociedad Valladolid Alta Velocidad
La ley dice que en el momento en que un socio declara resuelto el convenio, lo que hizo Adif, este queda paralizado; la Junta y el Ayuntamiento insisten en que no se dan por enterados
Cuando Adif declaró resuelto el convenio de integración ferroviaria firmado el 2017 inició un camino administrativo y judicial que aún tardará en concluirse, y ... que tiene algunos efectos inmediatos y algunas aristas que tardarán mucho en dirimirse, especialmente en lo tocante a la liquidación de la sociedad Valladolid Alta Velocidad. Principalmente hay tres cuestiones que resolver.
Resolución del convenio de integración ferroviaria. Según el propio convenio, firmado en 2017 por el Ayuntamiento de Valladolid (Óscar Puente, PSOE), la Junta de Castilla y León (Juan Carlos Suárez-Quiñones, PP) y el Ministerio de Fomento (Íñigo de la Serna, PP), uno de los socios puede declarar unilateralmente resuelto el convenio si aprecia incumplimientos por parte de otro socio. Esto no es una cláusula al azar. Está directamente tomada de la Ley de Razonamiento del Sector Público, artículo 51, sobre la extinción de los convenios. El punto c especifica que se puede resolver por «el incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de algunos de los firmantes». Y especifica: «En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio».
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El primer paso se dio en octubre de 2024, cuando se hizo el requerimiento para que Junta y Ayuntamiento aportaran las cuotas correspondientes a ese ejercicio. La Junta pagó a primeros de noviembre de 2024 los 8 millones que le tocaba poner. El Ayuntamiento insistió en que, por silencio administrativo, podía aplazar los 11 millones que le correspondían, por lo que no abonó esa cantidad.
Como no se atendió el requerimiento, aunque luego el Ayuntamiento intentara abonar la cuota de 2025 junto a una novena parte de la de 2024 -que le fue devuelta-, Adif tenía la capacidad de esgrimir el incumplimiento para resolver el convenio. Ha podido hacerlo antes, de hecho. Y finalmente ha aportado «siete incumplimientos», como desvelaron en la reunión televisada del pasado día 24. Acusan a la parte incumplidora de no pagar los 11 millones de 2024; más el bloqueo de los tres pasos de Ariza; más el de Arco de Ladrillo; más el de San Isidro y la urbanización de la calle Salud; más la nueva estación de autobuses, que sigue sin siquiera comunicar a la sociedad qué diseño y funcionalidad se necesita mientras se repara la vieja por cinco millones de euros; más la no aprobación de las cuentas de la sociedad de 2025 ni de los presupuestos de 2024.
Por si esto fuera poco, Adif añade otro motivo de extinción, que es la paralización de los órganos sociales de la mercantil, algo que se ha dado con las sucesivas faltas de acuerdo desde 2023.
El Ayuntamiento y la Junta oponen que no se puede resolver unilateralmente el convenio. Incluso, el consejero Suárez-Quiñones deslizó que recurrirán judicialmente. Preguntadas ambas partes por El Norte, por parte municipal se ha señalado que esperarán a conocer el siguiente paso del Ministerio para saber cuándo se hace efectivo. Y la Consejería de Medio Ambiente ha replicado que «a día de hoy, la Junta de Castilla y León no ha recibido ninguna notificación relativa a la resolución del convenio suscrito en 2017 sobre la integración ferroviaria de Valladolid, ni tampoco respecto de la disolución de la sociedad Valladolid Alta Velocidad». Insiste en que las «noticias publicadas» se basan «en simples declaraciones, que no tienen por sí mismas efectos jurídicos», a pesar de que Adif notificó su decisión de dar por resuelto el convenio en la Comisión de Seguimiento celebrada, y retransmitida por 'streaming', del pasado lunes. «En caso de que reciba alguna notificación relativa a una eventual materialización de dichas declaraciones, la Junta de Castilla y León procederá al estudio de sus términos, pudiendo ejercer cuantas acciones estime necesarias para la defensa de sus intereses», concluye.
Adif enviará una comunicación por escrito a ambas partes con su decisión de denunciar y resolver el convenio de integración. Y acto seguido acudirá a un Juzgado de lo Mercantil para promover la disolución de la sociedad.
Disolución de la sociedad Valladolid Alta Velocidad. La ley y la jurisprudencia establecen que, aunque la Junta y el Ayuntamiento recurran esa resolución del convenio, ya se producen dos efectos inmediatos. El primero, que el convenio queda automáticamente paralizado. Y el segundo, que el proceso de disolución de la sociedad puede seguir adelante. Adif presentará la petición de disolución en un Juzgado de lo Mercantil.
En muchas sociedades se utiliza un artículo que también figura en la ley: si se extingue el convenio, se disuelve la sociedad. No ocurre así en las 'escrituras' de la sociedad Valladolid Alta Velocidad. Sin embargo, la jurisprudencia en los últimos años, según fuentes consultadas por El Norte, va encaminada a seguir el espíritu de ese artículo. Es decir, la denuncia del convenio supone casi de forma directa la disolución y liquidación de la sociedad. Aunque Ayuntamiento y Junta de Castilla y León impidieran la celebración de la Junta General Extraordinaria en la que, teóricamente, se debía proponer la disolución y liquidación, punto en el que ya se anunció que no habría acuerdo.
En los estatutos de la sociedad (año 2003) se contempla que se disolverá «por acuerdo de la Junta General», con los requisitos establecidos en la ley «y por las demás causas previstas en ella». Es cierto que no se ha celebrado esa Junta General. Sin embargo, el artículo 363 de la Ley de Sociedades de Capital establece que puede disolverse «por la imposibilidad manifiesta de conseguir el fin social» o por la «paralización de los órganos sociales de modo que resulte imposible su funcionamiento».
Liquidación de la sociedad Valladolid Alta Velocidad. Será la fase más compleja de todo el proceso. Hay que hacer frente a una deuda contraída con Adif y Renfe de 342 millones de euros más 70 millones de intereses. Esa deuda se iba a pagar con la venta de los terrenos ferroviarios por parte de la sociedad Valladolid Alta Velocidad, pero el convenio de integración también establecía que si se producían incumplimientos por alguna de las partes, Adif y Renfe no estaban obligadas a entregarlos. Así ha sido. Por lo tanto, la sociedad tiene que amortizar esa deuda sin los terrenos, que siguen en manos de Renfe (viejos talleres de Farnesio) y Adif (Argales, principalmente). Los 100 millones de euros que hay en la caja de la sociedad Valladolid Alta Velocidad se destinan, en primer lugar, a amortizar esa deuda, según figura en el propio convenio de integración.
Efectos del proceso. El convenio ya está resuelto y paralizado. Junta y Ayuntamiento pueden recurrir, pero eso no afecta al hecho de que Adif presente en el Juzgado la petición de disolución de la sociedad. Incluso podría darse en el futuro la posibilidad de que se declarara el convenio no resuelto pero la disolución de la sociedad siguiera en marcha. En ese caso habría convenio pero tendría que ejecutarse a través de otra fórmula. En el peor de los casos para Ayuntamiento y Junta, se certificarían la resolución del convenio y la disolución y deberían aportar, en la fase de liquidación, su parte correspondiente de deuda. Las obras de integración no se ejecutan. La estación de trenes sigue adelante porque depende únicamente de Adif, es extrasocietaria. Lo mismo ocurre con la variante de mercancías, que está en obras.
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