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El consejero de la Presidencia, José Antonio de Santiago-Juárez. A. M.
La Junta replica a Medina que la ley no le obliga a salirse de la mancomunidad

La Junta replica a Medina que la ley no le obliga a salirse de la mancomunidad

Recuerda al gobierno local que no puede adoptar acuerdos y «poner como excusa» la ordenación del territorio

El Norte

Valladolid

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Viernes, 1 de diciembre 2017, 10:39

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La Consejería de la Presidencia de la Junta de Castilla y León recordó ayer que la Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio no obliga a ningún municipio a salirse de su actual mancomunidad y que si un municipio lo hace será «por decisión voluntaria y responsabilidad del gobierno local». El área que preside José Antonio de Santiago-Juárez replicó de esta forma a la alcaldesa de Medina del Campo, Teresa López, tras las declaraciones que realizó esta semana en las que culpaba a la Ley de Ordenación de la Junta de su salida de la Mancomunidad Tierras de Medina para recuperar de forma definitiva el servicio de recogida de residuos sólidos urbanos.

En este sentido, la Consejería de la Presidencia defendió que si hay algo que ha caracterizado el proceso de implantación del nuevo modelo de ordenación del territorio promovido por la Junta de Castilla y León «ha sido la búsqueda del consenso y la participación de todos los agentes involucrados, especialmente de las propias entidades locales interesadas, y así se ha ido reflejando en su desarrollo».

Por todo ello, la Consejería de la Presidencia defiende que la Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio –que recuerda que se aprobó en el año 2013 con un amplio consenso parlamentario– contiene dos objetivos diferenciables: el primero, referido a la garantía para el futuro del mantenimiento de unos servicios autonómicos –Sanidad, Educación, Servicios Sociales, etc.– de calidad y eficaces, mejorando la cohesión social, la cercanía en su prestación y el acceso de los ciudadanos en condiciones de igualdad. Y el segundo, referido a la creación de un nuevo instrumento de cooperación entre los municipios para el cumplimiento de los servicios locales que son de su competencia y responsabilidad. Este segundo objetivo –destaca– está contemplado legalmente mediante la creación de mancomunidades de interés general, caracterizadas y previstas ya en esta ley con un carácter totalmente voluntario para los municipios.

«La Ley de Ordenación no impone obligaciones, sino que ofrece oportunidades a los municipios para la mejor gestión de sus servicios públicos; es decir, no obliga a ningún municipio a salirse de su actual mancomunidad ni a constituir una mancomunidad de interés general, puede hacer aquello que considere más adecuado a sus intereses».

Del interés general urbanas

En desarrollo de la Ley de Ordenación, según puntualiza, en 2014 se aprobó otra ley «que también salió adelante con amplio consenso parlamentario» y que declaró las áreas funcionales estables, especialmente importantes para los municipios de más de 20.000 habitantes y los municipios de sus entornos: el medio urbano y periurbano de la Comunidad en el que habitan en torno a 1.600.000 habitantes. E incide en que sobre estas áreas funcionales estables se pueden constituir, desde principios de 2015, mancomunidades de interés general urbanas de forma voluntaria si así lo quieren los correspondientes ayuntamientos. «No es una obligación legal. De hecho, hasta la fecha no se ha constituido ninguna, si bien muchos ayuntamientos se han interesado por tal instrumento y están haciendo los análisis oportunos para decidir dar ese paso de forma voluntaria», precisan desde la Consejería de la Presidencia.

Por otra parte, el texto del Proyecto de Ley por el que se aprueba el mapa de las unidades básicas, pendiente de aprobación en las Cortes Autonómicas –se requiere dos tercios de los procuradores–, garantiza de forma expresa la continuidad de las mancomunidades existentes en la actualidad. Además, según explica, se incluye el apoyo al nuevo modelo de ordenación del territorio con medidas de fomento dirigidas a las mancomunidades de interés general, a las actuales mancomunidades, cuya garantía de existencia y continuidad es consustancial a la protección del derecho constitucional de asociación que poseen los municipios y libremente ejercitan, a las Comunidades de Villa y Tierra y otras entidades asociativas tradicionales, a la Comarca de El Bierzo, y a las entidades locales menores.

En el caso concreto de Medina del Campo, el área de la Presidencia recuerda que desde el año 2015 podría haber promovido constituir una mancomunidad de interés general urbana con los municipios de su alfoz. «Pasados más de dos años, no lo ha hecho. Por lo tanto, salirse parcialmente de la Mancomunidad Tierras de Medina en lo referido a la recogida de residuos sólidos urbanos es un acto voluntario e individual, y no puede poner como excusa para los acuerdos que actualmente adopta el que la Ley de Ordenación o su desarrollo se lo impone». En este sentido, la Consejería va más allá y recuerda que el ayuntamiento se sale de la Mancomunidad Tierras de Medina «para gestionarlos individualmente como municipio, no para incluirlos en una nueva mancomunidad de interés general urbana».

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