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Miércoles, 14 de noviembre 2018, 18:19
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El Juzgado de Primera Instancia número nueve de Valladolid ha anula la tarjeta de crédito contratada por un vecino de la capital en el año 2001 y ha obligado a la entidad financiera condenada, Wizink Bank, a reembolsar al demandante todos los intereses y comisiones cobrados en virtud de dicho préstamo desde que se suscribió.
Esta sentencia, que aún puede ser recurrida en apelación por la entidad financiera, es pionera en Valladolid y una de las pocas sobre esta cuestión en el resto de España.
El abogado que ha dirigido el proceso, Israel Álvarez Calzada, recuerda que «no es infrecuente ver tarjetas de crédito que cobran unos intereses remuneratorios superiores al 20% TAE, hecho que abre la puerta a utilizar las acciones que ofrece al prestatario la Ley Azcárate, una ley de represión de la usura promulgada en 1908».
La sentencia del Juzgado de Valladolid ordena en su fallo devolver al cliente todos los intereses y comisiones cobrados desde que suscribió la tarjeta con Citybank (ahora Wizink), en el año 2001, en concreto más de 8.000 euros, ya que considera que cobrar un interés remuneratorio por encima del 20% TAE es usura, y en este caso era del 24,6% TAE.
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