Secciones
Servicios
Destacamos
Valladolid
Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.
Viernes, 20 de abril 2018, 11:00
Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.
Compartir
El Juzgado de Primera Instancia de Medina del Campo ha condenado a una empresa de suministro eléctrico a la devolución de 5.458,46 euros, que supone la cantidad total del importe cobrado a un cliente que fue acusado de haber manipulado el contador, sin que existiera, según el juez, evidencias para ello. El magistrado considera que la empresa no actuó conforme a Derecho y la condena a reintegrar el importe de la factura cobrada indebidamente, más los intereses devengados desde la presentación de la demanda y el pago de las costas judiciales. Contra esta sentencia cabe aún interponer un recurso de apelación.
El magistrado, en la vista celebrada el 29 de enero de este año, acoge íntegramente los argumentos esgrimidos por el despacho 'Veritas Abogados' en la demanda presentada por el cliente. El Juzgado refiere que la inspección se realizó sin presencia del interesado, ni de otra persona que pudiera comprobar el estado del contador antes de que lo inspeccione el personal contratado por la empresa de suministro eléctrico. Al considerar en la firma que el aparato estaba manipulado, ésta cobró la cantidad relativa a un año completo, del 9 de octubre de 2014 al mismo día de 2015. Además, ese periodo ya había sido previamente facturado y cobrado conforme a la lectura real de consumo. Sin embargo, para que no le cortaran el suministro, el cliente afectado abonó la cantidad reclamada, 5.458,46 euros, si bien decidió demandar para su devolución en un procedimiento en el que ahora le dan la razón.
Los hechos ocurrieron cuando la compañía informó al usuario de que se había realizado una inspección y detectado una manipulación de los «puentes de tensión del contador de la vivienda, motivo por el que se procedía a la regularización».
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Horarios e itinerarios de la Semana Santa de Cádiz 2024
La Voz de Cádiz
Publicidad
Publicidad
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.