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El TSJ ordena la excarcelación de la condenada como cómplice en el doble crimen de Medina

El TSJ ordena la excarcelación de la condenada como cómplice en el doble crimen de Medina

Sentenciada a 15 años de prisión, fue puesta en libertad ayer mismo al entender la Sala que se ha vulnerado la presunción de inocencia

el norte

Viernes, 26 de mayo 2017, 10:13

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos, ha absuelto y ordenado la inmediata excarcelación de María Vicenta Panduro, la mujer que, junto con su esposo y otro individuo, fue condenada el pasado mes de enero por la Audiencia de Valladolid por el doble crimen registrado en el club Las Vegas de Medina del Campo el día 5 de octubre de 2015. Tras la vista de los recursos de apelación celebrada el pasado día 16, a través de un auto al que tuvo acceso Europa Press, la Sala anuncia un fallo absolutorio de la apelante y ordena la puesta en libertad de la citada mujer, que había sido condenada a 15 años en calidad de cómplice del doble asesinato.

«La incidencia de la certeza e inminencia del fallo absolutorio sobre el derecho fundamental afectado debe reflejarse con razonable urgencia en la situación de prisión provisional que sufre la interesada, por lo que procede decretar de inmediato su libertad, sin perjuicio del próximo dictado de la correspondiente sentencia», según reza el auto del TSJ que se tradujo ayer por la mañana en la excarcelación de la ahora absuelta, quien permanecía recluida en el Centro Penitenciario de Valladolid.

María Vicenta Panduro fue condenada el pasado mes de enero a 15 años de cárcel por la Audiencia de Valladolid por su presunta implicación en los hechos por los que su esposo, Manuel Martínez, apodado el Gitano, y Antonio Adrián Blanco, Malaguita, fueron condenados a penas de 37 años por el doble asesinato registrado el día 5 de octubre de 2015 en el citado club de alterne, donde encontraron la muerte el dueño y una camarera.

Durante la vista de apelación, el defensor de la ahora absuelta, Ángel Núñez Sendino, invocó el derecho a la presunción de inocencia de su patrocinada basado en la no existencia de pruebas, en contra del criterio del jurado popular, de que María Vicenta Panduro permaneciera en actitud vigilante en el coche a las puertas del club mientras su marido y el otro condenado entraban para cobrarse una deuda y, mucho menos, que ella estuviera al corriente de que estos últimos llevaban una pistola que tenían intención de utilizar.

El veredicto del jurado popular halló a su marido y a Antonio Adrián Blanco autores de sendos delitos de asesinato y uno de tenencia ilícita de armas, así como a la primera, en calidad de cómplice, del primero de ambos delitos y a un cuarto procesado, el joven Pablo A. L., responsable de encubrimiento y merecedor de una condena de seis meses de privación de libertad.

En el caso de la condena del Gitano y el Malaguita, la magistrada impuso a ambos 18 años de cárcel por cada asesinato, así como un año de prisión por tenencia ilícita de armas.

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