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Condenan a Vodafone a pagar por las pérdidas y daños morales de su mal servicio a una empresa

Condenan a Vodafone a pagar por las pérdidas y daños morales de su mal servicio a una empresa

El juez recrimina a la compañía su «ánimo de perjudicar» al cliente al incluirle en el fichero de morosos por no abonar las facturas

J. Sanz

Sábado, 4 de abril 2015, 21:14

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¿Puede un cliente dejar de pagar sus facturas a una compañía telefónica por un servicio deficiente sin acabar en un fichero de morosos? Una sentencia acaba de responder de forma contundente a esta duda existencial al condenar a una operadora, Vodafone para más señas, a indemnizar con 13.225,58 euros a una empresa vallisoletana por las pérdidas ocasionadas por su mal servicio y, además, por los daños morales que provocó la inclusión del cliente en un fichero de morosos al negarse a abonar sus facturas (adeudaba 1.806,79 euros).

El fallo, emitido por el Juzgado de Instrucción número 4, va más allá del mero reproche legal a la compañía demandada al recoger que Vodafone evidenció «un ánimo de perjudicar a la empresa a sabiendas de las dificultades que le podría provocar su inclusión en un fichero de morosos (RAI y ASNEF)» a pesar de que «la demandada conocía perfectamente que el cliente había dejado de pagar las facturas porque entendía, de manera justificada, que nada debía abonar por un servicio de nula calidad que le era inservible para la finalidad contratada», refleja literalmente la sentencia dictada el 11 de febrero y que ahora es firme.

«Incapaz de solucionarlo»

Esta afirmación por parte del titular del juzgado se sustenta sobre un reguero de «pruebas sólidas» aportadas por la empresa afectada, Aparicio Casero e Hijos, una firma de recambios del automóvil con sede en el polígono de San Cristóbal, sobre los daños causados por la compañía durante los dos meses firmó el contrato con Vodafone el 9 de octubre de 2013 que prestó sus «deficientes servicios» de telefonía fija e Internet.

«La empresa comenzó a tener graves problemas de funcionamiento con sendos servicios desde su instalación y eso le dificultó de forma grave el contacto con sus clientes y la realización de pedidos», resume de entrada la sentencia antes de ahondar en que finalmente decidió darse de baja «al ser incapaz la compañía de solucionar estos problemas». El cliente decidió entonces no abonar las facturas a Vodafone, que después de cambiarse de operador le reclamó los 1.806,79 euros.

Pues bien, la compañía optó entonces por incluir a la empresa en los ficheros de morosos «pese a conocer sus discrepancias con el servicio prestado», ya que «había sufrido constantes cortes en la telefonía e Internet nunca funcionó bien». Estos fallos, ya de por sí, ocasionaron «graves pérdidas económicas a la empresa durante esos dos meses». Pero es que, además, su inclusión en el RAIy ASNEF las dos listas de morosos más utilizadas en España supuso la denegación de un crédito a Aparicio Casero e Hijos causó así «daños en su imagen empresarial».

La compañía, pese a todo, solicitó la desestimación de la demanda por daños y perjuicios interpuesta por su cliente durante el juicio celebrado el 5 de febrero e, incluso, pidió su condena en costas el pago de la celebración del juicio. El fallo, que la operadora no ha recurrido, no solo estimó la demanda sino que condenó a Vodafone a indemnizar con una cantidad (13.225,58 euros) que multiplica por siete el dinero que reclamaba inicialmente a la empresa por el impago de las facturas (1.806,79).

La condena contempla, por un lado, el lucro cesante lo que dejó de ganar la empresa por la pérdida de clientes y pedidos, que valora en 7.225,58 euros; y, por otro, los daños morales ocasionados por su inclusión en el fichero de morosos, por los que recibirá otros 6.000 euros.

Denunciar los abusos

«El servicio proporcionado por la compañía era absolutamente inútil, por lo que nos hallamos ante un claro supuesto de pleno incumplimiento contractual », reitera la sentencia antes de añadir que «la inclusión de un deudor como moroso nunca puede basarse en una represalia encubierta ante la justificada negativa de un cliente al pago por problemas en la prestación del servicio».

De manera que, sí, un cliente puede dejar de pagar una factura cuando el servicio contratado no se presta adecuadamente y, no, una compañía no puede incluirle como moroso por hacerlo sin una causa justificada. Duda existencial resuelta.

El abogado de la empresa que ganó la demanda, Javier Fresno, considera que «ya es hora de que los clientes, sean empresas o particulares, reclamen judicialmente estos abusos y de que los juzgados dicten sentencias como esta recriminando la actitud prepotente de las operadoras».

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