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BEATRIZ GARNÁNDEZ-El Diario Vasco
Jueves, 10 de agosto 2017, 11:14
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Llega el verano y con él las vacaciones. Muchos son los que aprovechan el buen tiempo para ir a la playa o conocer otros lugares. El calor propicia ir con menos ropa o con chanclas, pero si van a coger el coche, cuidado, podrían volver a casa con una multa, según informa El Diario Vasco.
No hay una ley explícita que prohiba conducir sin camiseta, con chanclas o con el bañador, pero el artículo 18 del Reglamento General de Circulación dice que será motivo de sanción «conducir el vehículo sin mantener la propia libertad de movimientos o suponer un peligro para los que circulen por la carretera». Una ley subjetiva pero que podría acarrear una sanción de 80 euros si el agente de tráfico considera que la vestimenta no es adecuada porque limita los movimientos o pone en peligro la seguridad.
Se considera que las chanclas no son un calzado adecuado y que podrían dificultar la conducción, ya que podrían atascarse en el pedal y provocar un accidente. Tampoco se puede conducir sin camiseta o en bañador, ya que el conductor podría acabar herido a causa del roce del cinturón o del airbag.
Otro de los malos hábitos de los conductores es ir con el codo o el brazo fuera de la ventanilla como si de un taxista se tratara. Esta práctica también puede acarrear una multa de 80 euros, ya que el artículo 18 recoge que tanto el conductor como el resto de pasajeros deberán mantener una posición adecuada.
Durante las vacaciones también se hacen viajes largos y los conductores aprovechan para beber o comer durante el trayecto. Para la DGT son prácticas que pueden alterar la libertad de movimientos, el campo de visión y la atención, por lo que se considera una distracción que se castiga con una multa leve de hasta 100 euros. Se recomienda que si se necesita beber o comer se realice una parada en una estación de servicio.
Conducir sin camiseta o chanclas 80 euros
Sacar la mano o el codo por la ventanilla 80 euros
Comer o beber mientras se conduce Hasta 100 euros
Circular por el carril izquierdo o central aún estando libre el carril derecho Hasta 200 euros
Poner un cartel de 'Se vende' Hasta 450 euros
Los copilotos que llevan los pies en el salpicadero 100 euros
Lavar el coche en la calle de 30 a 3.000 euros
Tirar una colilla por la ventanilla 200 euros y 4 puntos
Tirar una colilla por la ventanilla puede suponer una multa de 200 euros y 4 puntos en el carnet de conducir, ya que la ley señala que «arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación» es motivo de sanción.
Circular por el carril central o el izquierdo cuando el derecho está libre es motivo de sanción, ya que estos dos carriles son para adelantar, tomar una salida o para usarlos en caso de una gran afluencia de tráfico. La multa por hacerlo puede alcanzar hasta los 200 euros.
Poner un cartel de 'Se vende' en el cristal del vehículo mientras está aparcado en la calle puede suponer una multa de hasta 450 euros por uso inadecuado de la vía pública al considerarse venta ambulante sin los permisos necesarios. Otra de las prácticas que pueden suponer una multa sin estar el coche en movimiento es la de lavar el vehículo en la vía pública. Muchos lo hacen en el pueblo o en los barrios de las afueras, pero está prohibido porque ensucia la vía pública. La cuantía de la multa depende del ayuntamiento y van desde los 30 euros hasta los 3.000.
Pero no solo los conductores pueden ser multados, también pueden recibir una multa los copilotos. Conducir con los pies en el salpicadero está sancionado con 100 euros al entenderse que no es una postura correcta para viajar.
Así que recuerden, si van a coger el coche en verano, tengan cuidado, o acabarán con una notificación de multa en el buzón.
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