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La tumba en venta en el camposanto de Aranda
Vendo nicho limpio y en buen estado

Vendo nicho limpio y en buen estado

Una agencia de Aranda de Duero incluye en sus ofertas una tumba. Su heredero a perpetuidad piensa incinerarse y no la necesita. «Ya tenemos clientes interesados»

Antonio Corbillón

Domingo, 16 de octubre 2016, 22:01

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La casa de tus sueños. Y para siempre». En este caso se trata de un espacio para tres inquilinos con un precio de salida (5.000 euros) negociable al 50%. Y sin necesidad de certificado energético. Los comentarios jocosos se escuchan estos días entre la clientela del sector inmobiliario de Aranda de Duero después de que Hunter Properties, una empresa del sector, haya publicitado entre sus ofertas convencionales la venta de un panteón. Su gerente, Rubén Madrigal, con veinte años en el sector, trató de hacer valer el lema de su nueva sociedad, cuyas oficinas abrieron hace cuatro meses: Si se vende, lo tenemos.

El reto llegó a su despacho después de que un particular heredara de su madre fallecida el título de concesión a perpetuidad de una tumba vacía con tres plazas en el cementerio municipal. Una herencia con poca utilidad ya que su titular tiene claro que nunca la va a usar porque será incinerado cuando le llegue su momento. «La propuesta del cliente nos planteó un reto. Sabemos que las tumbas se compran y se venden. Así que decidimos afrontarlo con naturalidad... y, por qué no, con un respetuoso humor», explica Madrigal.

El dueño de Hunter Properties es un experto en la venta de bodegas de vino dirigidas al mercado exterior. Hasta campos de fútbol ha gestionado. Pero nunca se había enfrentado a este nuevo nicho de mercado. En las inmobiliarias saben que muchas familias traspasan e intercambian tumbas para reagrupar a sus familiares muertos. Los tanatorios han sido gestores mudos de estas transacciones. «No es tan extraño. Pero hasta ahora han sido tratos que se han hecho bajo cuerda y sin papeles por medio», reconocen desde la Asociación de Servicios Funerarios (Panasef).

Madrigal ha incorporado este servicio a su menú de operaciones mercantiles. En sus carteles publicitarios incluyen que se trata de una propiedad «seminueva», en «zona tranquila. Interior» y de «2,10 metros x 70 cms».

¿Propiedad? Ahí es donde empiezan las dudas. El nuevo dueño del nicho se presentó en la inmobiliaria con un certificado de concesión a perpetuidad. Pero el cementerio de San Pedro Regalado de Aranda es, al igual que el 55% de los que hay en España, de titularidad municipal. Por lo tanto se trata de un bien demanial, es decir, un título público que ni prescribe ni está en venta. «Las concesiones son transmisibles pagando la tasa correspondiente. Pero no se puede transmitir lo que no se tiene», aclara el concejal de Hacienda de Aranda de Duero, Máximo López.

Perpetuo, pero menos

La localidad burgalesa estrenó ordenanza de cementerios hace tres años y en ella se limita el uso de los nichos a 50 años. Además, una sentencia del Tribunal Supremo de 1998 zanjó un intento de venta en el camposanto de La Almudena de Madrid y estableció que el límite para las concesiones en España, incluidas las de perpetuidad, nunca podrá superar los 99 años.

«En este caso se habla de forma impropia de venta. Decir que eso se vende no deja de llevar a confusión porque bajo ningún concepto puede haber venta como tal», aclara el edil de Hacienda. El Ayuntamiento heredó la gestión de San Pedro Regalado en 1972. Situaciones como la de este vecino que quiere vender sus derechos heredados obligarán a «analizar la ordenanza y revisar los derechos adquiridos», insiste Máximo López. Pero la sentencia del Supremo cerró hace veinte años cualquier posibilidad de que los camposantos públicos puedan exponerse algún día a una burbuja inmobiliaria o algo parecido.

Los juristas hablan de un inexistente derecho funerario por el que la concesión de un título de uso a perpetuidad faculta a una familia a mantener reunidos los restos de sus seres queridos por tiempo indefinido pero que «en ningún caso comprende la libre disposición para su enajenación (...) pero sin que ello impida la libre transmisión hereditaria». En el Ayuntamiento de Badajoz se planteó un caso similar. Un estudio jurídico determinó en abril de 2015 que «cualquier transmisión por negocio jurídico intervivos carece de eficacia, es nula de pleno derecho y otorgará al Ayuntamiento la facultad de reversión del derecho en su día concedido».

Estas operaciones mercantiles tampoco pueden hacerse en los cementerios mixtos, una forma de gestión privada pero en terrenos municipales, que se está imponiendo en los últimos años en muchos municipios españoles. La base legal es la misma: no se puede mercadear con suelo público.

La campaña de Hunter Properties estaba pensada para lanzarla cerca del Día de los Difuntos, pero su salida a la luz ha adelantado la veda del nuevo nicho de mercado. Un plan que incluyó la colocación de un llamativo cartel sobre la tumba. Una práctica proscrita por la estética en algo tan sensible como un cementerio. Pero también por la ley. «Para poner cartelería ahí habría que pedir un permiso municipal. Colocamos el cartel para hacer la foto y ya está. Ahora lo tenemos en nuestro escaparate», aclara Rubén Madrigal. Pero el debate y el negocio están abiertos. «Ya tenemos gente interesada en la compra».

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