El Obispado limita los actos culturales en iglesias para evitar «los abusos»
La Diócesis recalca que no ha cambiado la norma y explica que se permiten conciertos de música sacra y otros actos con autorización
El Obispado de Segovia ha contestado a las críticas del grupo socialista de la Diputación por las «trabas» que habrían puesto los responsables de la Diócesis a los ayuntamientos de la provincia para realizar actos culturales en las iglesias. Segun el Obispado, lo que ha hecho es actualizar una circular de 2008 «para salir al paso de los abusos», explica en un comunicado.
La diputada socialista Gloria Hernando había solicitado al presidente de la Diputación, Francisco Vázquez, que intercediera ante el Obispado, ya que en los últimos meses se habría producido «un cambio de criterio por parte del Obispado» que habría hecho que «cientos de vecinos de pueblos en los que la iglesia es el único recinto en el que se puede celebrar un concierto hayan visto cómo las actuaciones previstas han tenido que ser suspendidas».
Sin embargo, el Obispado precisa respecto al uo de templos para conciertos y a la administración de otros objetos religiosos sagrados. que «la Iglesia considera que los templos dedicados al culto son lugares que han sido consagrados para que se dediquen a la liturgia y a la transmisión de la fe» y, dado que el último responsable de que este fin se cumpla es el obispo, nombra un administrador, ordinariamente el párroco en cada parroquia, o una institución religiosa que actúa en su nombre.
Subraya al respecto que «la normativa diocesana no ha cambiado, como puede verse en la circular que en el año 2008 el vicario de ese momento dirigió a todos los sacerdotes», si bien añade que la Diócesis «ha querido actualizarla para salir al paso de los abusos que se estaban realizando» y, con este fin, envió copia de la circular al presidente de la Diputación y a todos los alcaldes de los ayuntamientos.
Autorización
En este sentido, explica el Obispado que «siguiendo la actual normativa de la Santa Sede y del derecho diocesano particular, se permite realizar en los templos conciertos de música sacra en un ámbito oracional», y también se permiten otras actividades «con fines catequéticos y evangelizadores, siempre que se respete el lugar sagrado, para lo que se necesita una autorización episcopal».
Esgrime el principio de libertad religiosa, que afecta también a la Iglesia católica, y señala que «la Diócesis actúa con plena libertad e independencia de los poderes políticos, y desea seguir ofreciendo su colaboración para los intereses del bien común y favorecer la convivencia entre los ciudadanos, al tiempo que exige respeto al carácter sagrado de la institución eclesial».
A este respecto, ruega el Obispado «que se respete el uso religioso de los templos así como la libertad del uso religioso y catequético de los objetos sagrados (casullas, cálices, etcétera) que desea dedicar a la evangelización a través de catequesis y exposiciones artísticas, de modo que puedan darse a conocer a la sociedad para su contemplación siguiendo la legislación vigente».