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Estación de esquí de Navacerrada, el pasado invierno. A. DE TORRE

La Junta se declara «no competente» para resolver el cese de Navacerrada

el norte

Segovia

Viernes, 15 de octubre 2021, 11:46

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El consejo de gobierno acordó ayer declarar que la Junta de Castilla y León no es competente para resolver la solicitud de interrupción del cómputo del plazo de la ocupación de la estación de esquí alpino del puerto de Navacerrada, ubicada en el Pinar de Valsaín, propiedad de Parques Nacionales. La Junta entiende que se trata de un contrato entre partes en el que la comunidad no ha participado.

La sociedad que gestiona la estación de esquí de Navacerrada, autorizada para la ocupación de los terrenos por Parques Nacionales durante veinticinco años, solicitó la interrupción temporal del cómputo de ese plazo por entender que la estación no había podido apenas ser utilizada el último año como consecuencia de la pandemia de la covid-19 y, como consecuencia de ello, esa sociedad había dejado de percibir los habituales ingresos de los usuarios de la estación con los que se resarce de su explotación. Posteriormente, Parques Nacionales envió un escrito al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Segovia solicitando declarar la caducidad de la concesión de dominio público otorgada para ocupar los terrenos del monte Pinar de Valsaín a efectos de su explotación como estación de esquí.

La fundamentación jurídica de la Junta explica que, sin perjuicio de que esta administración pueda entender que no se ha producido la caducidad de esta concesión debido a la suspensión o prorroga de los plazos administrativos, reanudándose su cómputo por el tiempo que restaba, entiende que es Parques Nacionales al que le corresponde resolver la solicitud de la caducidad de la ocupación y adoptar los actos liquidatorios que pudiera exigir. En cuanto a la solicitud de interrupción del cómputo del plazo, desde el punto de vista técnico facultativo, la Administración regional entiende que no existe inconveniente alguno en la realización de la actividad desarrollada al ser compatible con los diferentes aprovechamientos y usos del monte de utilidad pública donde se ubican las pistas de esquí.

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