El Ayuntamiento de El Espinar pagará 10.000 euros a un expolicía que denunció acoso laboral
El TSJ confirma la condena por daños psíquicos derivados de la omisión en prevención de riesgos laborales
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de El Espinar ... y confirmado íntegramente la sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 de Segovia, de 20 de marzo de 2025, que condenaba al Consistorio a abonar 10.000 euros a un agente de policía local jubilado, como indemnización por daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento de la normativa en prevención de riesgos laborales. La resolución impone además costas de 650 euros más IVA al recurrente.
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El fallo subraya la «pasividad empresarial» ante una situación de riesgo psicosocial conocida al menos desde el 23 de octubre de 2023, cuando el policía denunció acoso laboral por parte de su superior, el oficial jefe. Pese a ello, el Ayuntamiento no incoó procedimiento informativo ni abrió protocolo preventivo ni evaluó riesgos. Un trastorno de ansiedad generalizada mantuvo al trabajador en incapacidad temporal desde el 19 de octubre de 2023 hasta su alta por jubilación voluntaria anticipada, el 28 de febrero de 2024.
El agente, con antigüedad desde junio de 1992, prestaba servicios en El Espinar como agente de Policía Local. El conflicto se remonta a agosto de 2023: el 16 de ese mes solicitó vía WhatsApp permiso retribuido por hospitalización de su hermano. El oficial jefe le exigió impreso reglamentario y justificante urgente. Días después, el superior propuso incoar expediente disciplinario por posible falta, resuelto por decreto de Alcaldía de 13 de septiembre. El instructor archivó el procedimiento al considerar ajustadas a derecho las actuaciones del agente, pero el 14 de septiembre, el oficial jefe denunció al policía por incidentes al intentar entregarle la notificación en su domicilio. El agente estaba muy alterado y fue necesaria la intervención de su esposa y de otros policías para calmarlo. El episodio derivó en un nuevo expediente (350 euros de sanción por falta leve), anulado después de pleno derecho. El 23 de octubre, el policía denunció al oficial por acoso laboral, psicológico y hostilidad (al agente se le diagnosticó ansiedad reactiva a acoso, con síntomas como insomnio, dolencias estomacales, pérdida de apetito, cefaleas, evitación, baja autoestima y aislamiento social).
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El juzgado estimó la demanda al apreciar incumplimiento en prevención de riesgos laborales y condenó a pagar 10.000 euros al Ayuntamiento por daños efectivos y nexo causal. El Consistorio recurrió alegando falta de incumplimiento, daño o causalidad, pero la Sala echa mano de jurisprudencia y recuerda que el deber de protección del empresario es «incondicionado y prácticamente ilimitado». Según el TSJ, el Ayuntamiento conocía el conflicto desde la primera denuncia y su inacción prolongó el riesgo, causal en la ansiedad diagnosticada.
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