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La Audiencia Provincial de Segovia, constituida como Tribunal de Jurado, ha condenado a dos años de prisión a un hombre que fingió ser un repartidor ... de Amazon para engañar a su expareja con el objetivo de acceder a su vivienda y agredirla en el interior. La víctima resultó herida después de intermediar en una pelea ocurrida en su domicilio entre el agresor y su actual novio.
Los hechos se remontan al 9 de febrero de 2022, cuando el acusado, un varón nacido en 1998, accedió al edificio en el que residía su expareja llamando al portero automático de su vivienda en la ciudad de Segovia e identificándose como un repartidor de Amazon. Una vez en el inmueble, sobre las 11:00 horas, el acusado timbró a un piso anterior. Aprovechando que su exnovia abrió la puerta «confiada» en que le iban a entregar un paquete, el condenado entró a su domicilio haciendo uso de la fuerza e incluso pillando un dedo del pie a la mujer.
La relación de ambos había finalizado ocho meses antes del suceso, por lo que en el hogar de la víctima se encontraba también su actual pareja. Cuando el acusado lo descubrió, se dirigió a la habitación y le amenazó. «Te voy a pegar, te voy a matar, sal de aquí», pronunció. A continuación, le empujó, por lo que la víctima se interpuso entre ambos con el objetivo de evitar una pelea.
El investigado introdujo a la mujer en uno de los baños de la vivienda, golpeándola con la puerta. Cuando intentó escapar, la lanzó contra el suelo y la hirió. En concreto, sufrió un hematoma en el codo del brazo izquierdo, erosión en la cadera, un rasguño superficial en el pie y varios episodios de ansiedad reactiva. Es por ello que requirió tratamiento farmacológico con benzodiacepinas, tardando en curar diez días de perjuicio básico. La actual pareja de ella decidió no presentar denuncia.
En un primer momento, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Segovia emitió una orden de alejamiento para el acusado respecto a la víctima y la prohibición de comunicarse con su expareja. La sentencia, que fue publicada en febrero de este año, condenó al acusado a dos años de prisión como autor responsable de delitos de allanamiento de morada y de lesiones. También ha tenido que indemnizar a la víctima con 400 euros en concepto de responsabilidad civil, una cantidad que fue abonada a finales de 2024, por lo que se ha considerado el atenuante de reparación del daño.
Por este motivo, el fallo concede al agresor el beneficio de la suspensión de la entrada a la cárcel que le ha sido impuesta siempre que cumpla una serie de condiciones. En primer lugar, no debe volver a delinquir durante el tiempo de la condena, no puede comunicarse ni acercarse a la víctima y en todo caso tiene que realizar un curso de formación sobre sensibilización en materia de violencia de género. El acusado tendrá que abonar las costas del proceso judicial y las partes han manifestado su voluntad de no recurrir el auto.
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