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Alfonso Reguera sentado en el banquillo durante la vista que tuvo lugar en mayo de este año. Óscar Costa
La Audiencia de Segovia ratifica la multa de 480 euros al exconcejal Alfonso Reguera por amenazas leves a un policía local

La Audiencia de Segovia ratifica la multa de 480 euros al exconcejal Alfonso Reguera por amenazas leves a un policía local

La nueva sentencia rebaja de 240 a 100 euros la cuantía de la indemnización que debe de pagar el que fuera portavoz del gobierno municipal al agente que le denunció

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Sábado, 19 de octubre 2019, 13:58

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La Audiencia Provincial de Segovia ha confirmado la sentencia dictada el pasado mes de mayo por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de la ciudad contra el exconcejal de Hacienda del Ayuntamiento, Alfonso Reguera, por un delito leve de amenazas contra un agente de la Policía Local. El nuevo fallo mantiene la multa de 480 euros, que es el equivalente a una sanción de 40 días a razón de 12 euros diarios. Por otro lado, la Sala que preside Ignacio Pando rebaja la indemnización establecida en aquel fallo en favor del denunciante, que en lugar de 240 euros se queda en 100.

Los hechos juzgados tuvieron lugar en la antesala del acto inaugural de las Ferias y Fiestas de San Juan y San Pedro de 2018. El entonces concejal y portavoz del grupo socialista en el gobierno del Consistorio se dirigió al policía, quien iba vestido con el uniforme de gala, y le dijo que «si no llevaras ese uniforme te daba dos hostias y te partía la cara».

Este rifirrafe y su deriva judicial causaron la dimisión de Alfonso Reguera del equipo de gobierno municipal. El episodio de aquel 22 de junio de, año pasado se desencadenó cuando el por entonces concejal de Tráfico Ramón Muñoz-Torrero saludó al agente de la policía local después de las protestas acaecidas en el pleno del Ayuntamiento por parte de los representantes de la Policía Local y del encontronazo que hubo entre los sindicatos del cuerpo municipal y Reguera como consecuencia de las reivindicaciones de un aumento de sueldo.

«Ocho días de perjuicio personal»

Según recoge la sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 del pasado mes de mayo, Reguera se dirigió al policía local en los términos ya conocidos, lo que provocó que el agente sufriese «un trastorno de adaptación, empleando en su curación ocho días de perjuicio personal básico».

El agente, representante además de la Central Sindical Independiente de Funcionarios (CSIF), consideró que esas palabras de Alfonso Reguera eran constitutivas de un «reproche penal» y denunció el episodio «como hubiera cualquier otro ciudadano sin tener en cuenta al infractor». Por su parte, en la vista que se desarrolló en mayo, quien también fuera teniente de alcalde rechazó que sus manifestaciones hacia el agente fueran una amenaza, por lo que su letrado pidió la libre absolución.

Las consideraciones de la defensa fueron desestimadas por la jueza, que al final resolvió que Reguera había incurrido en un delito leve de amenazas y le impuso una multa de 480 euros. Asimismo, dictaminó el pago de una indemnización de 240 euros por los ocho días de recuperación que le supuso el altercado al policía local, según expuso el forense. En total 720 euros (además de las costas judiciales), una cantidad inferior a lo que pedía la acusación, que había reclamado una multa de 1.080 euros, además de la indemnización de 240.

La representación legal de Reguera recurrió la sentencia y ahora la Audiencia Provincial la estima solo en parte, ya que mantiene la multa por un delito leve de amenaza, aunque reduce la cuantía de la indemnización.

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