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Coronavirus en Palencia: Desestiman la demanda de un vigilante del hospital de Palencia a su empresa por los EPIS

Desestiman la demanda de un vigilante del hospital de Palencia a su empresa por los EPIS

Pedía en el Juzgado de lo Social Número 1 medidas cautelarísimas para que se le facilitasen gafas, guantes y mascarillas y se desinfectara su uniforme

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Miércoles, 8 de abril 2020, 00:51

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La jueza del Juzgado de lo Social Número 1 de Palencia ha dictado un auto en el que desestima la demanda presentada por un vigilante de seguridad en los hospitales Río Carrión y San Telmo de Palencia, Á. J. M. C., de 52 años, para la adopción de medidas cautelarísimas 'inaudita parte' contra su empresa, que según el demandante, desde el inicio de la crisis sanitaria propiciada por el Covid-19, no le está proporcionando los equipos de protección individual (EPI) ni se está encargando de la desinfección del uniforme, de la destrucción del mismo y la entrega de uno nuevo, o del abono del coste que supusieran las tareas de limpieza y desinfección.

«El trabajador no se está viendo desprotegido en el desarrollo de su actividad laboral, al recibir toda la equipación necesaria en su centro de trabajo, según las funciones que deba desempeñar. La Gerencia de Asistencia de Palencia informó al actor que es el hospital el que debe proporcionar esos EPI; el actor conoce este protocolo, ya que fue informado por la enfermera responsable del reparto de EPIS del compromiso de entrega de material por el servicio hospitalario, información que ha sido proporcionada también por su jefe de equipo. Por último, en un informe emitido por el jefe de servicio se asegura que el personal de seguridad dispone de esas mascarillas y guantes de protección siempre que las tareas a desempeñar lo requieran.

Según el demandante, los escasos equipos de protección individual (EPI) que el trabajador está empleando en el desempeño de sus funciones, tales como guantes y mascarillas, «son los que el hospital le está proporcionando, si bien, estos recursos públicos en estos momentos son limitados y, de hecho, están escaseando, y naturalmente, en primer término están destinados al personal sanitario. El trabajador añadía en su demanda que no cuenta con ningún protocolo de desinfección de su uniforme proveniente de la empresa, ni con ningún otro recambio del mismo.

El demandante incidía en que la empresa «ni siquiera ha tenido a bien proceder a contestar a tal reclamación», por lo que se ha visto obligado a presentar escrito demanda «en aras de obtener tutela judicial». En la demanda, solicitaba que, «con carácter urgente e inmediato», se ordenara a la empresa proporcionarle «los medios de protección necesarios y en el número en que resulte suficiente necesarios, a fin de preservar la salud del mismo en la prestación de su trabajo y de los usuarios del hospital, así como de sus propios familiares». Entre esos medios alude a guantes, mascarillas FFP2, gafas anti-salpicaduras y geles desinfectantes. Y, además, solicitaba que se procediera por la empresa la desinfección del uniforme, o en su defecto, a la destrucción del mismo y la entrega de uno nuevo, o al abono del coste que supusieran las tareas de limpieza y desinfección.

«Dadas las manifestaciones efectuadas por la parte actora, considerando la falta de concreción normativa y que ni siquiera se prueba documentalmente que la empresa empleadora haya mostrado su negativa a la entrega de ese material, se acordó mediante providencia el día 1, y por considerar necesario un mínimo principio de prueba en el que justificar las razones de urgencia de tal solicitud y para no provocar indefensión, dar traslado de tal solicitud tanto al fiscal como a la empresa demandada para que en el plazo de 24 horas efectuaran las alegaciones oportunas. Por la mercantil se presentó escrito el día 3, al igual que por el fiscal», recoge el auto.

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