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Edificio en el que se encuentra la Audiencia. Antonio Quintero
Condenados en Palencia dos hermanos a dos años de prisión por alzamiento de bienes

Condenados en Palencia dos hermanos a dos años de prisión por alzamiento de bienes

Emitieron tres pagarés para pagar a una entidad una deuda por el alquiler de una nave y retiraron después los fondos y vendieron su empresa

El Norte

Palencia

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Miércoles, 7 de marzo 2018, 00:36

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La Audiencia de Palencia ha condenado a A. C. A., de 52 años, y A. C. A., de 49 años, socios a partes iguales de la entidad ‘Operadores de Transporte Hermanos Castro SL’, a una pena de dos años de prisión para cada uno de ellos y a una multa de 4.800 euros por un delito de alzamiento de bienes.

El alto tribunal considera probado que A. C. A. y A. C. A., emitieron los días 4 y 7 de octubre de 2011 tres pagarés (con vencimiento el 10 de enero de 2012) a favor de la entidad ‘Abonos de Becerril’ por un importe de 47.527,35 euros para el pago de la deuda contraída con ella como consecuencia del impago de varios meses de la renta y cantidades asimiladas a ella (consumo de electricidad, teléfono, agua) derivadas del alquiler de una nave en el polígono de Venta de Baños, pagarés que resultaron impagados al carecer de efectivo las cuentas con las que se libraron y debido a que los administradores de ‘Operadores de Transporte Hermanos Castro SL’ procedieron a realizar varias operaciones tendentes a la desaparición de los activos patrimoniales de la empresa.

«Pese a que, según las cuentas anuales de 2010, arrojaban unas existencias de 170.021 euros, unos saldos con clientes de 2.168.667 euros, unas inversiones financieras temporales de 64.845 euros y un saldo de tesorería de 9.291 euros, nada de ellos existía al tiempo de vencimiento de los pagarés, no habiendo sido presentadas las cuentas de 2011», recoge el fallo. «Pero, además, en fecha no determinada pero a principios de 2012, la empresa cesó en su actividad, desapareciendo de su domicilio social en Grijota», apostilla la sentencia.

«En escritura pública otorgada el 15 de marzo de 2012 ante notario, A. C. A. y A. C. A. vendieron la totalidad de las participaciones sociales de la empresa al ciudadano búlgaro I. S. D., quien las adquirió abonando a cada uno de los vendedores 6.000 euros, y ello pese a que en la misma escritura se hacía constar que la sociedad tenía un capital social de 208.000 euros. En el mismo documento se procedió al cambio de domicilio de la sociedad a Sabadell, y en una cláusula se hacía constar el pacto expreso según el cual I. S. D. se hacía cargo de cualquier reclamación o responsabilidad. Pese a esta cláusula, la sociedad dejó de existir en la práctica, desconociéndose el paradero del administrador.

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casación.

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