Palencia
Circulaba a 248 kilómetros por hora con su vehículo por la autovía A-231El conductor, que dio positivo en drogas, fue detectado el martes por la tarde por la Guardia Civil a la altura del término de Carrión de los Condes
La Guardia Civil de Palencia ha investigado a un conductor de 33 años y nacionalidad española por un delito de exceso de velocidad, al superar ... en más de 80 kilómetros la velocidad reglamentariamente establecida.
Los hechos ocurrieron en la tarde del martes, durante la realización de un control preventivo mixto de velocidad, alcohol y drogas realizado por componentes del Subsector de Tráfico de Palencia en la autovía A-231 (León-Burgos), cuando el cinemómetro controló a un turismo que circulaba a 248 kilómetros por hora a la altura del punto kilométrico 86,700, término municipal de Carrión de los Condes, siendo la velocidad máxima establecida en ese punto de 120.
Al tratarse de un exceso de velocidad en una vía interurbana superior a los 80 kilómetros por hora, en el momento de la notificación se le informó al conductor de que había cometido un delito contra la seguridad vial al circular 128 kilómetros por hora por encima de lo establecido para ese tramo de vía. La Guardia Civil de Palencia le realizó también las pruebas de detección de alcohol y drogas, dando resultado positivo en la segunda.
Al tratarse de un conductor con domicilio en España, se procedió a su investigación, dándole en el momento la correspondiente cita para que se presente en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Carrión de los Condes, donde han sido remitidas las diligencias.
La velocidad genérica máxima para turismos y motos en autopistas y autovías es de 120 kilómetros por hora, salvo que se indique lo contrario. El Reglamento General de Circulación indica que los conductores que las incumpla estarán cometiendo una infracción grave o muy grave (multa de 100 a 600 euros y la pérdida de entre 2 y 6 puntos, dependiendo del exceso de velocidad cometido).
Superar la velocidad permitida de manera considerable tiene un castigo penal: en el caso de que el exceso de velocidad sea superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente puede ser castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
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