Palencia
Absueltos los dos acusados de furtivismo en un coto de AguilarLa sentencia del Juzgado de lo Penal no considera acreditado que 'farearan' con el coche y efectuasen cuatro disparos con el rifle que portaban
El titular del Juzgado de lo Penal de Palencia ha dictado una sentencia en la que absuelve a dos hombres, A. R. T. y J. ... M. D., de un delito contra la fauna y para quienes la Fiscalía pedía para cada uno de ellos una multa de 2.160 euros y dos años de inhabilitación para el ejercicio de la caza.
«No se estima por este juzgador que de lo actuado en la vista pueda deducirse (que no presumirse) la participación o responsabilidad de los acusados en el delito que se les imputaba, por quedar en su ánimo una profunda duda racional a tal respecto, procediendo en consecuencia la libre absolución de los mismos», detalla el fallo del titular del Juzgado de lo Penal. «El principio 'in dubio pro reo' que rige el proceso penal obliga a dictar una sentencia absolutoria si no es plena la convicción judicial tras la práctica de la prueba en el juicio oral, como ha ocurrido en el caso que nos ocupa», agrega la sentencia.
Los hechos juzgados se remontan a la madrugada del 13 de septiembre de 2023 en un coto de Aguilar de Campoo, cuando, según la Fiscalía, los dos hombres, defendidos por el letrado Alberto Sendín Caballero, efectuaron cuatro disparos con el rifle que portaban, sin que quedase acreditado que matasen a dos venados.
Los acusados aseguraron que el 12 de septiembre llegaron después de comer a un coto de J. M. D. en San Cebrián de Mudá y que dispararon allí para probar el rifle, dejando dicha actividad «cuando se hizo de noche» y guardando el arma en su funda dentro del maletero del coche. Afirmaron también que se fueron a pasear «para escuchar la berrea» y que, después, se fueron a cenar unos bocadillos a un merendero de Salinas de Pisuerga, interceptando su vehículo la Guardia Civil de Palencia sobre las 00:40 horas del 13 de septiembre a la altura de Foldada cuando regresaban a Madrid. «El rifle tenía una vaina vacía en la recámara para aliviar el muelle y el agente que tocó el arma en ningún momento dijo que el cañón estaba caliente», incidieron además los acusados, subrayando además A. R. T. que la sangre que tenía en el rostro cuando les identificó la Guardia Civil era «de un arañazo en la cara por una rama, no de un animal».
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En relación con los dos venados que fueron hallados decapitados dos días después en el coto de Aguilar de Campoo, señalaron desconocer este hecho hasta que se lo comunicó del instituto armado.
En cuanto a los útiles de caza encontrados en el vehículo, aseguraron que no había sangre en un cuchillo, en todo caso «un par de pelos de animal que no eran de ese día». Y preguntados por qué razón cogieron para ir de Salinas de Pisuerga a Aguilar la carretera al sur del embalse (PP-2132) y no la que discurre por el norte (la CL-626), «la más lógica» según señalaron en la vista los agentes de la Guardia Civil que comparecieron como testigos, comentaron que fue la que les marcó «el GPS» y que pasaron por dicha carretera porque les cogía de paso para ir a Madrid, negando que 'farearan' y que dispararan el rifle.
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