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El exsenador de ERC Santi Vidal. EFE
El Supremo revoca la suspensión del juez independentista Santi Vidal «por falta de aptitud» constitucional

El Supremo revoca la suspensión del juez independentista Santi Vidal «por falta de aptitud» constitucional

Da la razón al exsenador de ERC y anula el acuerdo del Consejo del Poder Judicial de mantenerlo fuera de la carrera, pero éste dice sentirse «incómodo» por volver a ejercer en España

Mateo Balín

Madrid

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Martes, 12 de marzo 2019, 14:28

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Santi Vidal, exsenador de Esquerra Republicana (ERC), podrá volver a la Carrera Judicial después de que el Tribunal Supremo haya tumbado la decisión del Consejo General del Poder Judicial(CGPJ) de mantener la suspensión, pese a haber cumplido su sanción disciplinaria, por «falta de aptitud». Vidal fue inhabilitado por participar en la redacción del borrador de una constitución catalana.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha tomado esta decisión después de que el Tribunal Constitucional declarase ilegal el artículo 367.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) en el que se basó el CGPJ para denegarle la vuelta a la carrera por falta de aptitud, tras cumplir los tres años de castigo por una falta muy grave.

Ahora, el Supremo estima de forma parcial el recurso de Vidal y anula el acuerdo de la Comisión Permanente del órgano de gobierno de los jueces, de 8 de marzo de 2018, que le denegó el reingreso al servicio activo en la carrera judicial tras cumplir la citada sanción.

El citado órgano, del que forma parte Carlos Lesmes, presidente del CGPJ y del Supremo, decidió por seis votos a dos dejar al exsenador fuera de la carrera como consecuencia de su «falta de lealtad a las instituciones del Estado y a la Constitución». La decisión se tomó a la vista de las manifestaciones e intervenciones públicas efectuadas durante el periodo de suspensión de funciones.

Recientemente, el CGPJ decidió no pronunciarse de nuevo sobre ese asunto hasta conocer la decisión del Supremo, que ahora da la razón al juez y le da vía libre para reingresar en la carrera. En la sentencia conocido hoy, de la que ha sido ponente el magistrado Nicolás Maurandi, establece que Vidal tiene derecho a reingresar en la judicatura al no ser ya exigible la previa declaración de aptitud.

Eso sí, no ordena su reingreso inmediato, sino que Vidal tendrá que hacerlo en los términos establecidos en la ley, que establece que queda obligado a participar en el primer concurso en el que se anuncien plazas de su categoría después de la notificación de la sentencia. De no presentarse a esos concursos, «quedaría en situación de excedencia voluntaria por interés particular», plantea la sentencia.

«Sensación agridulce»

El Supremo reconoce al recurrente sus derechos profesionales de todo tipo, económicos y administrativos, desde la fecha de extinción de la responsabilidad disciplinaria por la que fue sancionado y siempre que efectivamente reingrese en el servicio activo en los términos que han sido expuestos.

En un comunicado del colectivo de abogados Drets, que ha ejercido su defensa, Vidal se ha mostrado «muy satisfecho» por la resolución del Supremo, pero ha lamentado que tenga que volver a ejercer de juez en España y no en la República catalana. «Es una sensación agridulce, ya que he logrado el objetivo de una reparación jurídica sobre una decisión arbitraria e injusta, pero a la vez me siento muy incómodo por tener que volver a ejercer de juez en España«.

El afectado es uno de los investigados en el Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona por los preparativos del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y está citado para declarar de nuevo el próximo 22 de marzo.

La juez investiga los preparativos del referéndum tras asumir, por orden de reparto, una denuncia contra Vidal, quien afirmó en una conferencia que la Generalitat tenía una partida «camuflada» de 400 millones de euros para organizar el 1-O y preparar las estructuras de Estado de una Cataluña independiente. Asimismo, está llamado este jueves a declarar como testigo en el juicio del 'procés' en el Tribunal Supremo.

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