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La presidenta del Parlament de Cataluña, Carme Forcadell, cuenta los votos durante la DUI. Reuters

El juez del Supremo cita a Forcadell por presunta rebelión

La expresidenta del Parlament declarará el jueves o el viernes junto a los cinco exmiembros de la Mesa

Mateo Balín

Madrid

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Martes, 31 de octubre 2017, 12:00

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El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, instructor de la querella de la Fiscalía contra la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y otros cinco exmiembros de la Mesa, ha citado a declarar como investigados a los diputados este jueves y viernes en el Alto Tribunal.

La decisión del magistrado llega después de que la Sala Segunda del Supremo haya aceptado su competencia para instruir, y en su caso, enjuiciar, por los delitos de rebelión, sedición y malversación a Forcadell y al resto de investigados.

En un auto dictado por unanimidad, la Sala de Admisión señala además que hace extensiva su competencia, para el caso de que el magistrado instructor lo considere oportuno, respecto de aquellas otras causas penales actualmente en tramitación y que puedan referirse a hechos "inescindibles" respecto de los que han sido inicialmente atribuidos a los querellados. Se refiere a los procedimientos que ya investiga el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña contra Forcadell.

El Supremo, en una resolución de la que ha sido ponente el presidente de la Sala, Manuel Marchena, acepta su competencia ante el aforamiento que Forcadell y otros cuatro de los querellados mantienen por ser miembros de la Diputación Permanente del Parlamento catalán, y ante el hecho de que, según sostiene la Fiscalía en su querella al referirse a los aspectos internacionales del proceso soberanista, parte de los hechos imputados se han producido fuera del territorio de la comunidad autónoma catalana.

“El carácter plurisubjetivo del delito de rebelión hace perfectamente explicable, a la hora de valorar la verdadera entidad de cada una de cada una de las aportaciones individuales, un reparto de cometidos en el que la coincidencia en la finalidad que anima la acción –la declaración de independencia de Cataluña—tolera contribuciones fácticas de muy distinto signo y, precisamente por ello, ejecutadas en diferentes puntos geográficos”. Señala que el delito de rebelión adquiere una incuestionable vocación territorial proyectada sobre el conjunto del Estado.

Conspiración para la rebelión

Sobre los delitos denunciados en la querella, la Sala explica que el fiscal alude a la existencia de un delito de rebelión con una extensa argumentación encaminada a justificar la concurrencia de violencia.

Para el alto tribunal, “será a lo largo de la instrucción cuando los hechos imputados, a la vista de las diligencias de investigación acordadas por el instructor confirmen o desmientan su realidad. Y será entonces cuando pueda precisarse (…) si esos actos son susceptibles de integrar las exigencias del tipo previsto en el artículo 472 del Código Penal o, por el contrario, han de ser subsumidos en los artículos 477 y 17.1 del Código Penal, que castigan la conspiración para la rebelión, delito en el que, por definición, los elementos del tipo proyectado no llegan a tener realidad al no superar los conspiradores la fase propiamente preparatoria”.

Este tipo penal reduce uno o dos grados la pena con respecto al delito de rebelión, es decir, si la pena mínima es de 15 años se quedaría en siete años y medio (un grado) o, en su defecto, en tres años y ocho meses de prisión (dos grados).

Sobre la extensión de la investigación, la Sala dice que es el instructor, en el desarrollo de su investigación, el que debe poner de manifiesto la procedencia o improcedencia de reclamar para el Supremo, como sugiere el fiscal, el conocimiento de aquellos hechos inicialmente tramitados en otros órganos jurisdiccionales, “pero que presenten una naturaleza inescindible respecto de los que aquí van a ser investigados y, en su caso, enjuiciados”.

Los querellados, aparte de Carme Forcadell, son los exmiembros de la Mesa del Parlament catalán Lluis Maria Corominas, Lluis Guinó, Anna Simó, Ramona Barrufet, y Joan Josep Nuet. Este último no es miembro de la Diputación Permanente del Parlament disuelto el pasado viernes, pero la Fiscalía lo ha incluido en la querella por entender que su actuación está asociada a la del resto. El Supremo ha asumido también la competencia de investigarle.

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